Diario de León

El TS confirma la pena para un joven por enaltecimiento del terrorismo

El astorgano Aitor Cuervo Taboada despreció a las víctimas de ETA en las redes sociales.

Aitor Cuervo. DL

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El Tribunal Supremo (TS) ratificó la condena de la Audiencia Nacional a un año y seis meses de prisión y 10 de inhabilitación absoluta impuesta a principios de este año al joven astorgano Aitor Cuervo Taboada, al que encontró culpable del delito de enaltecimiento del terrorismo. La sentencia del Alto Tribunal apunta que el derecho a la libertad de expresión «no ampara el discurso del odio en las redes sociales», según recogía la Agencia Efe.

Cuervo Taboada se sirvió de sus cuentas en las redes sociales Facebook y Twitter para difundir mensajes que insultaban a las víctimas de ETA. En concreto, Cuervo despreció en Twitter y Facebook al edil del PP asesinado por ETA Miguel Ángel Blanco, con frases como «A mí no me da pena lo de Miguel Ángel Blanco, me da pena la familia desahuciada por el banco». En la sentencia de la Audiencia Nacional destacaba que un comportamientos «de ese tenor no merecen la cobertura de derechos fundamentales», al ser constitutivos de delito.

Ahora el Supremo hace un análisis de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Estrasburgo, junto a la suya propia, sobre el llamado «discurso del odio», que justifica actos terroristas. A ese respecto destaca que la libertad de expresión no ampara ese tipo de comportamientos.

«El terrorismo constituye la más grave vulneración de los derechos humanos de la comunidad que lo sufre», recuerda el alto tribunal. De este modo, rechaza los argumentos del acusado que durante la vista de su recurso explicó cada una de las frases que empleó.

«Objetivamente las frases encierran esa carga ofensiva para algunas víctimas y laudatoria y estimuladora del terrorismo que a nadie escapa. Las explicaciones a posteriori no tienen capacidad para desvirtuarlas. No están presentes en el mensaje que es percibido por sus numerosos receptores sin esas modulaciones o disculpas adicionales», señala el fallo del tribunal, notificado a Cuervo Taboada el viernes.

«Ciertamente en ocasiones probar la inocencia se convierte en una tarea imposible, pero no tanto porque el tribunal imponga una carga desmesurada e improcedente, sino porque los hechos aparecen con tal evidencia que se torna tarea hercúlea desmontarla», añade la resolución.

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