Aumentan las inspecciones y las sanciones de Hacienda al campo
Cesiones de derechos, transmisiones patrimoniales y arrendamientos, bajo la lupa de la Aeat.
A. Domingo | Redacción
Exceso de lluvias, sequía, bajos precios, heladas, nuevas condiciones de la PAC y ahora también, un mayor afán de control a la Agencia Tributaria (Aeat), que ha incrementado los controles sobre los profesionales del campo. Desde el sector se apunta un buen número de expedientes sancionadores abiertos y resueltos con sanciones a agricultores y ganaderos a los que reclaman los impuestos resultantes de operaciones de cesión de derechos de pago único, alquiler y compraventa de parcelas, ya sean por el IVA que llevan estas operaciones, por tratarse de transmisiones patrimoniales, así como el aumento patrimonial que debería haber figurado, si así fuese oportuno, en las declaraciones de IRPF.
Son numerosos los profesionales uy sociedades que han recibido en León petición de información sobre estas operaciones, sobre las que Hacienda no ejercía control hace algunos años —seis o siete, según fuentes consultadas— y en la que las infracciones son fruto «del desconocimiento de los agricultores —muchos de ellos ya jubilados— y no de la mala fe, de un afán de defraudar. En estos momentos, la labor inspectora alcanza hasta el ejercicio del 2013, que aún no ha prescrito, y se apoya en el cruce de información con la Administración autonómica, donde figuran buena parte de los arrendamientos rústicos y absolutamente todas la cesiones de derechos.
Las organizaciones agrarias conocen el problema y atienden a los agricultores que demandan asesoramiento cuando se abre el expediente. Cabe destacar que los agricultores se siente maltratados por la Agencia Tributaria, ya que las inspecciones de la provincia las realizan funcionarios de otras provincias de la Comunidad autónoma, con los que no es posible mantener un contacto personal, más allá de una llamada telefónica. Finalmente, si el administrado no está conforme con la sanción, su única salida es plantear un recurso contencioso-administrativo.
El cálculo
El cálculo de las multas resulta de sumar al importe que en su día se tenía que haber ingresado en las arcas públicas, más un 50% de la cantidad reclamada en concepto de sanción, al que se añaden los intereses de demora. Además, las cantidades no siempre coinciden con el importe real de la operación. El campo se queja de que la Agencia Tributaria asigna un valor a la operación con independencia del precio pactado e incluso en las que no se ha producido intercambio de dinero, como en el caso de cesión o donación a un familiar.
Resuelto el expediente, cuando el sancionado cree que ya ha cumplido, recibe una nueva notificación, al no haber incluido el incremento patrimonial en su declaración de IRPF.
Por otra parte, fuentes del sector advierten que el agricultor, en su condición de empresario, no puede pagar en metálico operaciones por importe de más de 2.000 euros, sujetas a satisfacción mediante transferencia bancaria.