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El Supremo ratifica la condena de 23 años de prisión para el asesino de Denise Thiem

Señala que la agresión se produjo en un paraje inhóspito y que la víctima no pudo defenderse.

Muñoz Blas escucha en la Audiencia Provincial de León el veredicto que le declara culpable.

Muñoz Blas escucha en la Audiencia Provincial de León el veredicto que le declara culpable.

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Efe/ A.Valencia

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Tercera confirmación. El asesino de la peregrina Denise Thiem, Miguel Ángel Muñoz Blas, tendrá que cumplir la pena de 23 años de cárcel por los delitos de robo con violencia y asesinato, después de que ayer la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo desestimara íntegramente el recurso de casación presentado contra el acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que a su vez ratificó el fallo dictado por un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de León hace ahora un año.

Entre otros motivos, el recurso del acusado alegó ante el Supremo que se había vulnerado su derecho fundamental a la presunción de inocencia respecto de la alevosía, que entendía que se había considerado concurrente en el caso sobre la base de conjeturas y no pruebas.

El Supremo desestima la alegación y destaca que el jurado afirmó la concurrencia de la alevosía sobre la base de la desproporción física entre acusado y víctima, las condiciones del lugar en que la agresión tuvo lugar, así como que le propinó un fuerte golpe en la cabeza tal y como lo describe la prueba pericial que refiere las lesiones producidas.

«Resulta evidente que la intensidad del golpe, en un descampado inhóspito, sin presencia de personas y sin posibilidad de defensa permite la declaración fáctica de un hecho que los términos redactados a los que es de aplicación la agravación de alevosía que cualifica el homicidio», indican los magistrados del Supremo.

Insisten al respecto que, desde el hecho probado, «resulta clara la selección de un lugar y unos medios comisivos que son aprovechados para la causación de la muerte, sin riesgo propio, asegurando la ejecución sin posibilidad de defensa por parte de la víctima que en un acto de turismo deambula por un camino sin esperar un ataque en un lugar inhóspito y con la contundencia de un golpe en la cabeza».

Hace un año, en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León, el 5 de abril de 2017 — cuando se cumplían justo dos años de la desaparición de la mujer— ocho de los nueve miembros del jurado consideraron probadas las lesiones que presentaba Denise Thiem y que el golpe que propinó Muñoz Blas a la peregrina «determinó su muerte por un traumatismo craneoencefálico severo, procediendo el acusado a continuación a arrastrar el cadáver a un lugar más apartado y menos visible despojándola de su mochila y realizándole un corte en el cuello con arma blanca».

Además, el jurado entendió que el hombre desnudó a la peregrina americana para acelerar el proceso de descomposición del cuerpo y lo ocultó bajo tierra «no sin antes seccionarle las manos que enterró en otro lugar y que no han sido halladas». Hace un año — y tal y como ahora ratifica el Supremo— los miembros del jurado también tuvieron claro que fue el acusado quien llevó a los policías, tras su detención en Asturias, hasta el enterramiento final y donde se encontró el cadáver de Denise desnudo, en avanzado estado de descomposición y tapado con unos arbustos.

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