Diario de León

PROVINCIA ■ EL TERRITORIO

Un decreto echa de la secretaría de las pedanías a los vecinos

La nueva norma obliga a los secretarios municipales a asistir a las entidades locales menores.

San Román el Antiguo, la última junta vecinal disuelta

San Román el Antiguo, la última junta vecinal disuelta

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León

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A. DOMINGO | REDACCIÓN

Las juntas vecinales ya no pueden cubrir el puesto de secretario recurriendo mediante el nombramiento de un vecino con capacidad suficiente para el desempeño del cargo, como sucedía hasta ahora. El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, reserva el puesto a los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional que despeñen las funciones de secretaría o intervención, tesorería y recaudación en el Ayuntamiento a cuyo término pertenezca la entidad de ámbito territorial inferior al municipio, motivo por el que la Federación Leonesa de Entidades Locales Menores ha solicitado a la Junta de Castilla y León, la Diputación provincial y el Colegio Oficial de Secretarios a una reunión para dar «solución inmediata» a la nueva situación de las aproximadamente 1.230 pedanías leonesas, ya que «es obvio que las juntas vecinales, como administraciones públicas que son, deben funcionar con las máximas garantías».

El decreto —redactado conforme a la ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, más conocida como reforma local o Ley Montoro— establece una salvedad para los pedanías que formen parte de municipios de población inferior a los 5.000 habitantes, donde podrán asignarse esta función a funcionarios de carrera de la corporación municipal, que pertenezca al subgrupo A1 o cuente con titulación universitaria.

Trámites como el Plan de Juntas Vecinales —por el que la Diputación destina 2,7 millones a pequeñas obras en las pedanías—, el establecimiento de tasas, la adjudicación de cotos de aprovechamientos forestales, caza y pastos, entre otros, serán nulos de pleno derecho si al pleno de la junta vecinal no asista un funcionario que reúna las condiciones que recoge el real decreto.

Ante el decreto, la Federación Leonesa de Entidades Locales Menores subrayó que el reglamento «pone fin a la inseguridad jurídica» que han vivido «durante años» las juntas vecinales locales menores «por la falta de desarrollo reglamentario por parte de la Junta de Castilla y León» a la Ley de Bases de Régimen Local. Sin embargo, la federación considera necesario «una modificación de la plantilla de la función pública local» en la provincia que permita atender a todas las juntas vecinales. La asesoría jurídica de la federación apuntó que la Diputación provincial «dispone exclusivamente de un único funcionario con habilitación nacional» que apoye a los secretarios municipales y que esta misma situación se da en el Consejo Comarcal del Bierzo.

Desde que el decreto entró en vigor el 18 de marzo, apunta la federación, ningún acuerdo sin secretario municipal es válido y, a su vez, «es claramente ilegal» que el funcionario se niegue a desempeñar esta función en una junta vecinal, por lo que exige «a las administraciones superiores un esfuerzo inversor y de planificación, que hasta ahora se han negado a realizar».

La federación leonesa «confía en que, de una vez por todas, las administraciones autonómica y provincial actúen con sensatez en relación a las juntas vecinales, abordando un problema que hasta ahora han eludido, dejando nuestros concejos absolutamente desamparados». Aboga porque la administración electrónica «llegue a las juntas vecinales, no solo a los ayuntamientos. Y debe hacerlo de la mano de los secretarios con habilitación nacional. Las inversiones necesarias para ello deben acometerse de forma inmediata».

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