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El Feixolín sienta en el banquillo a Victorino Alonso el 24 de este mes

La Fiscalía pide en sus conclusiones provisionales una condena de 8 años y tres meses .

El empresario Victorino Alonso.

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León

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a. gaitero | león

Diecisiete años después de abrirse las diligencias por la denuncia del vecino de Villablino, Antonio Arias Tronco, a causa de los daños causados por la explotación de carbón a cielo abierto de El Feixolín en tierras de su propiedad, el empresario Victorino Alonso ha sido citado a sentarse en el banquillo de la Audiencia Provincial de León.

El juicio oral está señalado para el lunes 24 de septiembre en la sala de lo Penal del tribunal leonés situado en la calle del Cid. Además del empresario minero, para quien el fiscal solicita en las conclusiones provisionales una condena de ocho años y tres meses de prisión por un delito continuado contra los recursos naturales y el medio ambiente, recogidos en los artículos 325.1, 326a y 338 en relación con el 74 del Código Penal.

En las mismas circunstancias procesales se encuentra el técnico de la explotación José Tascón González, mientras que para el exalcalde de Villablino, Guillermo Murias, la acusación pública solicita 15 meses de prisión por un delito de prevaricación urbanística tipificado en el artículo 301 del Código Penal.

La Fiscalía también contempla indemnizaciones por responsabilidad civil para Antonio Arias Tronco y la Mercantil Narsil, por importe de 58.500 euros, por los desperfectos ocasionados en su Cabana y 77.131,1 euros por lucro cesante en el uso de su propiedad. Esta responsabilidad recae a diferentes partes sobre Victorino Alonso y el empleado acusado así como las empresas MSP y CMC.

Dichas empresas llevaron a cabo la explotación de carbón a cielo abierto en El Feixolín entre 1995 y 2008 sobre un total de 210 hectáreas. El fiscal cita en sus conclusiones provisiones que se benefició el carbón de manera «plenamente consciente y deliberada en terreno calificado como rústico común y rústico de especial protección forestal» sin licencia municipal de apertura, sin licencia urbanística ni declaración de impacto ambiental.

Tampoco contaba con autorización para la autorización de uso excepcional de suelo rústico, ni de la Cuenca correspondiente para actuar sobre el dominio público hidráulico y carecía igualmente de autorización para la construcción de edificios y construcciones en la cantera.

La explotación se encontraba en el Espacio Natural del Alto Sil desde su declaración en el año 2000 y Reserva de la Biosfera Valle de Laciana desde 2004 con notable presencia de especies en peligro de extinción como el oso y el urogallo.

La cantera «ha provocado una afectación gravísima para el medio ambiente y el entorno natural», asegura la Fiscalía. Han quedado afectados el paisaje del río Orallo y el río San Miguel, así como las aguas de dos afluentes de estos cauces. También argumenta el daño a robledales, brezales, pendientes rocosas silíceas, así como la fauna citada que además fueron objeto de numerosos expedientes sancionadores de la Junta.

La defensa pide la libre absolución y practicará varias pruebas documentales y testificales con peritos ingenieros de minas.

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