Diario de León

Nuevo fallo judicial

El TSJ obliga a la Junta a pagar 9.261 € por cada uno de los 173 lobos abatidos desde 2016

La sentencia anula los tres últimos planes comarcales y condena a la administración a reparar el daño medioambiental

León

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Nueva sentencia demoledora para la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

El Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad acaba de dictar sentencia contra los planes de aprovechamientos comarcales del lobo en los terrenos cinegéticos situados al Norte del río Duero para las temporadas 2016/2017, 2017/2028 y 2018/2019 a los que declara nulos, dando la razón —una vez más— a la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel).

Pero el fallo, notificado el pasado 27 de diciembre de 2019, va mucho más allá que los anteriores —desde 2010 todos los planes han sido anulados judicialmente— ya que no sólo incide en la falta de informes científicos que avalen que la especie deba ser considerada cinegética al norte del Duero, contra las normativas española y europea que la consideran protegida, sino que trata que la administración compense de alguna manera la «irreparable» pérdida que ha supuesto para el medio natural la muerte a través de la caza de todos estos ejemplares. La sentencia obliga a la Junta de Castilla y León a pagar 9.261 euros por cada lobo abatido en aras de estos planes desde 2016 hasta 2019, ya que le recuerda que se trata de una especie protegida cu. Teniendo en cuenta que en 2016 se cazaron 91 y en 2017 un total de 82, y que durante 2018 se suspendió la temporada de caza —también a instancias de Ascel— se calcula que la Junta deberá desembolsar cerca de 1.602.153 euros. Esta, sanción que impone el Tribunal a la Junta, implica que la administración deberá presentar un programa que tenga como fin reparar el daño causado al medio ambiente por la caza de lobos, mediante la presentación de un programa que deberá comprender las actuaciones necesarias para la recuperación del lobo ibérico, su conservación y para la divulgación de la importancia de la especie.

Comunicado de la Junta

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente emitió ayer por la tarde un comunicado en el que recuerdan que la sentencia «no es firme», pudiendo interponerse frente a ella recurso de casación lo que está siendo analizado por los Servicios Jurídicos de esta Administración y teniendo en cuenta, además, que esta Resolución es anterior a la modificación de la Ley de Caza llevada a cabo por la Ley 9/2019, de 28 de marzo. También aseguran que esta sentencia no afecta al actual plan del lobo, aprobado para las temporadas 2019/2020, 2020/2021 y 2021/2020, y que actualmente está siendo llevado a cabo, y que prevé la muerte de 113 ejemplares al año, 51 de ellos en la provincia de León.

Para Ascel, la sentencia, «es un hito en el ajuste de normas viejas a las superiores que amparan la protección ambiental, y sobre todo, con claridad envidiable, consolida el papel de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior como garante de la racionalidad de las prácticas cinegéticas, porque no se puede matar injustificadamente no se puede cazar una especie protegida».

En los fundamentos de derecho de la sentencia se considera «incuestionable» el daño al medio ambiente «causado por la actuación administrativa anulada», ya que el plan comarcal del Lobo ha permitido la caza de esta especie basándose en su condición de cinegética, y por lo tanto cazable. «Tal y como hemos razonado no se ha justificado que el lobo pueda tener dicho tratamiento y, por lo tanto, la gestión que la Administración ha planificado para esta especie al norte del Duero resulta contraria a derecho y ha causado un daño», reza la sentencia.

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