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El TS no admite el recurso de la Junta sobre las licencias ambientales de las fincas intensivas

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León

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación de la Junta contra la sentencia de 11 de abril de 2019 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que anuló en firme la exención de licencia ambiental concedida hace dos años por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a las explotaciones ganaderas intensivas.

Queda así confirmado, tal y como destaca Ecologistas en Acción a través de un comunicado, que no era posible modificar la ley de Prevención Ambiental de Castilla y León mediante decreto, invadiendo de esta forma el Consejo de Gobierno de la Junta la competencia legislativa exclusiva del Parlamento autonómico.

El TSJ dictaminó que «la modificación efectuada afecta al contenido fundamental de la norma con rango de Ley, en cuanto que aspectos nucleares del mismo, como son todos aquellos sometidos al régimen de licencia o autorización, ahora se trasvasan desde el de licencia, más exigente en su régimen jurídico -información pública, informes preceptivos de la comunidad autónoma, etc.-, hacia un mero régimen de comunicación previa, sin que existan garantías equivalentes, como es la necesidad de evaluación ambiental previa».

De esta manera, «la modificación efectuada excede con mucho a lo que está permitido a una norma de carácter reglamentario, en cuanto que, de un lado, modifica normas con rango de Ley y, por otro, altera de forma sustancial el contenido fundamental del régimen de licencias».

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