Plan Rector de Uso y Gestión
El Patronato da luz verde al PRUG que regulará Picos de Europa hasta 2030
El instrumento de gestión pretende preservar los valores naturales y el desarrollo sostenible de su población
El Parque Nacional de Picos de Europa ya tiene Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), un instrumento que regirá el parque hasta 2030 y que viene a cerrar la carencia de regulación que sufre el espacio protegido desde hace 15 años. El consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, Juan Carlos Suárez-Quiñones, presidió ayer, por videoconferencia, la reunión del Patronato del Parque Nacional de los Picos de Europa, con tres puntos destacados en el orden del día: el primero, informar a los patronos sobre el Proyecto de Decreto por el que se regula el órgano de participación del Parque Nacional; el segundo, informar sobre el Convenio de colaboración entre las comunidades autónomas de Cantabria, Castilla y León y Principado de Asturias para la gestión coordinada del Parque Nacional; y el último punto, someter a informe del patronato el nuevo texto del PRUG obtenido tras el procedimiento de información pública y análisis de alegaciones.
Zonificación y usos
Durante la reunión del Patronato, se ha dado traslado a sus miembros de los resultados de las alegaciones al PRUG del Parque Nacional de los Picos de Europa, sometiéndose durante la sesión de hoy a informe de este órgano y habiendo obtenido el respaldo de una amplia mayoría de los patronos presentes, con 27 votos a favor, 4 abstenciones y 4 votos en contra.
La mitad de las alegaciones recibidas han sido aceptadas para «conseguir un PRUG próximo a la realidad ambiental, social y económica de los Picos de Europa que contribuya al cumplimiento de los dos principales propósitos vinculados a la declaración del espacio protegido: la conservación de sus valores naturales y el desarrollo sostenible de su población en equilibrio con su entorno», señala la Junta.
Regulación definida
Las principales modificaciones introducidas en el borrador del PRUG, a partir de las aportaciones recibidas como resultado del proceso de información pública desarrollado, suponen la mejora de la definición, identificación, delimitación cartográfica y representación gráfica y descriptiva de las distintas zonas establecidas. Para ello, se ha creado una cartografía general completamente nueva de los Planos de Zonificación en los que se divide la superficie total del Parque Nacional. Así, se han incorporado planos llave tanto a los Planos de Zonificación generales como a la de las Zonas de Asentamiento Tradicional como a los Sectores con Restricciones a la Escalada.
Además, se han revisado las Zonas de Asentamiento Tradicional (ZAT) aumentando su cabida por aceptación de alegaciones, al tiempo que para una correcta visualización de las parcelas catastrales presentes en cada ZAT se han creado unos planos de cada una. De esta manera cada propietario tendrá claramente definida su propiedad y podrá conocer en qué tipo de zona está ubicada.
También se han modificado las condiciones para el desarrollo de ciertos usos y aprovechamientos tradicionales, con el fin de garantizar los objetivos de conservación del Parque Nacional y su contribución al desarrollo socioeconómico de sus habitantes.
El documento abre la posibilidad de autorizar, debidamente reguladas y en localizaciones muy limitadas, ciertas actividades antes prohibidas, garantizando su sostenibilidad y la conservación de los recursos naturales, tales como las actividades nocturnas en la Zona de Asentamientos Tradicionales, el barranquismo o el baño y la navegación de ocio sin motor en determinados cauces y masas de agua.
También recoge el desarrollo del régimen económico y de compensaciones incluyendo subvenciones y compensaciones, diferenciando las correspondientes partidas económicas destinadas a ambos conceptos.
Otro apartado del PRUG se refiere al «singular papel del montañismo en los Picos de Europa y la necesidad de ofrecer un servicio seguro y de calidad». Por ello, se han integrado en la Zona de Uso Especial los refugios de montaña, «lo que facilita la accesibilidad, dotación y mantenimiento de sus instalaciones».
También se ha procedido a la revisión de la regulación del tránsito de vehículos a motor, introduciendo modificaciones destinadas a clarificar el acceso y circulación de vecinos y residentes del Parque Nacional, así como las condiciones para el transporte privado complementario en el desarrollo de determinadas actividades económicas.