Diario de León

El documento, aprobado por el Congreso de Ministros, podría ser ilegal al reducir el principio de autonomía

Un estudio jurídico ratifica que el plan gestor pisa competencias municipales

El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del parque nacional de Picos de Europa, aprobado en abril por el Consejo de Ministros, reduce la a

Publicado por
María Carnero Redacción - LEÓN.
León

Creado:

Actualizado:

El Ayuntamiento de Posada de Valdeón, después de estudiar minuciosamente el plan por el que se tratará de garantizar el desarrollo sostenible dentro del parque nacional de Picos de Europa, decidió contratar a un prestigioso gabinete madrileño ante la sospecha de que algunos de los preceptos del texto podría invadir algunas de sus competencias municipales. Después de semanas de estudio, los letrados del bufete Garrido-Falla y Galvez han sacado a la luz un dosier de 50 páginas en el que expone un dictamen sobre la situación legal del plan rector de Picos. Las conclusiones de informe dan la razón a las sospechas del Ayuntamiento de Posada de Valdeón al demostrarse que el documento «introduce significativas modulaciones o reducciones de la autonomía municipal» en las localidades de las tres comunidades autónomas -Castilla y León, Asturias y Cantabria- incluidas en espacio natural protegido. Así mismo, se establece que el plan también limita competencias municipales en materia de urbanismo, en concreto sobre la utilización urbanística del suelo del parque. Los abogados explican que el plan rector atenta contra dos artículos de la Constitución Española, el 137 y el 140. El primero previene que el Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las comunidades autónomas, añadiendo a continuación que «todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses». El segundo artículo indicado viene a especificar en el inciso primero de que «la Constitución garantiza la autonomía de los municipios». Aunque el informe reconoce que las características del parque nacional determinan que los intereses urbanísticos superen el ámbito puramente municipal para localizarse dentro del interés nacional, sin embargo destaca que «sólo por ley estatal o de la respectiva comunidad autónoma pueden alterarse las competencias atribuidas a las entidades». Por este motivo, los letrados concluyen en su estudio que el PRUG del parque nacional de los Picos de Europa «contiene numeroso preceptos que no están amparados por falta de cobertura legal». El Ayuntamiento de Posada de Valdeón encargó este estudio con el fin de estudiar la posibilidad de recurrir el plan. Los letrados indican que contra las disposiciones de carácter general, como es el PRUG de Picos de Europa, no cabe interponer recurso administrativo de reposición. La única posibilidad impugnatoria pasa por el recurso jurisdiccional contencioso-administrativo. El recurso deberá interponerse antes del 18 de julio de este mismo año, ya que el plan se publicó en el BOE del 18 de mayo del 2002 y el plazo para recurrir es de dos meses contados de la publicación de la disposición. Sobre la probabilidad de obtener una sentencia favorable, a pesar de quedar claro el evidente incumplimiento de exigencias formales incurridos por el texto, los letrados sí dejan bien claro que los intereses del parque nacional rebasan el ámbito estrictamente municipal para quedar situados en la esfera del interés nacional.

tracking