Diario de León

La autonomía municipal existe hasta el 30% que marca la ley

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Según expertos consultados, el Ayuntamiento tiene autonomía para fijar el complemento de destino (en función del nivel que el pleno asigna al puesto de secretario), el complemento específico (según la especialidad del puesto) y el régimen de acumulación (máximo del 30% de la retribución principal), pero sólo dentro de los límites que vienen fijados por la ley. El régimen de acumulación es una excepción a la imposibilidad de ocupar dos puestos de trabajo en la Administración Pública. El Ayuntamiento no puede fijar al secretario en régimen de acumulación más del 30% de las retribuciones correspondientes a su puesto principal (en el que se incluyen los complementos mencionados). De rebasar Villaturiel ese 30% con un complemento salarial, la autonomía municipal estaría vulnerando la ley de incompatibilidades, que entiende el régimen de acumulación como una excepción.

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