Hasta seis años de proceso en cuatro actos administrativos
La concentración parcelaria es un proceso que normalmente se inicia a petición de los afectados y que se dilata bastante en el tiempo, con promedios de cuatro a seis años, debido a la necesidad de respetar escrupulosamente las garantías jurídicas de los propietarios. Las fases del procedimiento de concentración parcelaria se materializarán en cuatro actos administrativos, la declaración de utilidad pública y urgente ejecución, las bases definitivas, previa exposición pública de las bases provisionales, el acuerdo de reordenación parcelaria, previa exposición pública del proyecto de reordenación parcelaria y el acta de reordenación de la propiedad.
Además, el proceso de concentración parcelaria va aparejado con la necesidad de realizar una serie de obras de infraestructura rural para su culminación. La redistribución de la propiedad genera una nueva distribución de las fincas de reemplazo resultantes a las que se dota siempre de acceso directo y saneamiento, mediante la realización de obras de interés agropecuario, gratuitas para los afectados. Buscando siempre la mejora de las condiciones de vida de los agricultores y la productividad de las explotaciones afectadas existe la posibilidad de realizar otras obras complementarias a la concentración parcelaria, cuya financiación es asumida parcialmente por la Administración, caso de actuaciones en regadíos, construcción de polígonos agroganaderos o agroindustriales, de instalaciones y edificaciones colectivas u otras que se recogen en la normativa de aplicación.