Diario de León

El tribunal falla contra el recurso de la Junta Vecinal de Caboalles de Abajo, que pedía cerrar la corta

La Audiencia desestima paralizar el cielo abierto de MSP en Fonfría

La Audiencia Provincial de León ha desestimado el recurso de apelación presentado por la Junta Vecinal de Caboalles de Abajo contra el auto

Imagen del concejo en el que se decidió hace meses acudir a los juzgados para parilizar Fonfría

Imagen del concejo en el que se decidió hace meses acudir a los juzgados para parilizar Fonfría

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Jose Luis Vega Corresponsal de VILLABLINO.
León

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La compañía minera ha mostrado su satisfacción por esta resolución judicial, porque según ha dicho, «en la sentencia ha quedado de manifiesto que no es procedente la paralización de la explotación a cielo abierto, y confirma que esta compañía ha cumplido con todas las medidas legales y licencias necesarias para iniciar la explotación». Desde MSP se ha interpretado este auto como «una demostración de que la Junta Vecinal no tiene argumentos legales para impedir los trabajos de esta mina, y vamos a seguir con el cielo abierto con normalidad». Por su parte, los responsables de la pedanía de Caboalles de Abajo acordaron ayer recurrir el auto de la Audiencia Provincial, tras recibir el apoyo de los aproximadamente 70 vecinos que participaron en un concejo donde se dio a conocer la resolución. Su representante jurídica, Encarna Fernández, señaló que se va a presentar un recurso extraordinario ante el Tribunal Supremo al entender que «la resolución no se encuentra ajustada plenamente a derecho». El pedáneo, Luis Vidal Lobo, justificó la decisión al recordar que esta Junta Vecinal «mantuvo un diálogo constante con MSP, pero al interferir el Ayuntamiento en estas negociaciones nos vimos obligados a recurrir a los tribunales». Este pleito se inició el pasado mes de enero, cuando Caboalles de Abajo presentó un interdicto de paralización de obra en el Juzgado de Villablino, contra los trabajos que había iniciado días antes MSP en el paraje de Fonfría, alegando que la compañía minera había iniciado las tareas sin que esta pedanía, que es la titular de los terrenos, le hubiera concedido el permiso para la ocupación de sus montes. El juzgado ordenó días despues la paralización de la explotación al admitir a trámite el Interdicto, pero posteriormente permitió la reanudación de la obra al decidir que este juzgado no es competente para resolver el conflicto, aceptando la declinatoria de jurisdicción que había planteado contra la paralización, la empresa afectada. Ahora, la Audiencia Provincial confirma la decisión del Juzgado de Villablino, desestimando el recurso de apelación que planteó la pedanía de Caboalles de Abajo. La explotación a cielo abierto de Fonfría, tras la licencia aprobada, mantiene una ocupación de 147 hectáreas de terreno, por un periodo de entre 8 y 15 años.

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