Diario de León

Hasta cinco solicitudes planteadas contra la inclusión en el Lespre, todas ellas rechazadas

El auto de la Audiencia Nacional destaca que la medida cautelar solicitada en la presente pieza separada ha sido igualmente planteada ante este mismo Tribunal, respecto de la misma Orden Ministerial impugnada, en el recurso por la Comunidad de Cantabria, por Galicia, por Asturias, por la Fundación Artemisa y por la Unión de Campesinos Asturianos. La Audiencia señala que todas las solicitudes de suspensión han sido desestimadas.  Sobre esta  eventual suspensión cautelar de la orden, la Audiencia Nacional estima que implicaría que las poblaciones de lobo al norte del Duero no estarían incluidas en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial que les otorgaba la citada Orden TED/980/2021, y podrían ser objeto de aprovechamiento cinegético por las Comunidades Autónomas que podrán, por tanto, seguir autorizando la caza del lobo, lo que conllevaría la muerte de un número elevado de ejemplares de lobo, muertes que con la norma en vigor no se producirán. Ello implica que, de aplicarse la suspensión cautelar, «estas muertes producirán un mayor daño al actual, lo cual supondría un daño irreversible e irreparable». Además, aclara que la decisión del ministerio tampoco afectaría al modelo de ayudas otorgado, porque «precisamente la Orden recurrida no solo no prohíbe, sino que además fomenta las medidas de prevención, siempre y cuando no tengan un carácter lesivo para la especie protegida que avoque a su reducción y eliminación».

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