Santas Martas gana la última batalla contra la planta de compostaje de lodos de Reliegos
El TSJCyL declara firme la sentencia de junio a favor del Ayuntamiento contra la resolución de la Consejería de 2020
Punto final a la instalación de una planta de tratamiento de lodos en la localidad de Reliegos, en el término municipal de Santas Martas. La Junta no ha recurrido la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) que había dado la razón al Ayuntamiento en el mes de junio , con lo que pasa a ser firme.
En un decreto dictado por el TSJCyL el pasado 2 de octubre se dice textualmente que «con fecha de 27/6/2023 se dictó sentencia en el presente recurso que fue debidamente notificada a las partes, habiendo transcurrido el plazo legal sin que contra la misma se haya interpuesto recurso alguno». Y añade que según «dispone el artículo 89.3 de la LJCA que transcurrido el plazo de treinta días sin haberse preparado el recurso de casación, la sentencia o resolución quedará firme, declarándolo así el Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto». Impone «declarar la firmeza de la sentencia», así como «demandar a la Administración demandada, Consejería de Fomento y Medio Ambiente, junto con el expediente administrativo, certificación de dicha sentencia, requiriéndole para que en el plazo de diez días (...) la lleve a puro de debido efecto, y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo».
De todos modos el TSJCyL recuerda que aún cabría la impugnación mediante un «recurso de revisión en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación, mediante escrito a este Órgano Judicial, y sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución recurrida».
El pasado 27 de junio el TSJCyL anuló la autorización ambiental concedida por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente a la empresa Agro Gestión Integral Sociedad Cooperativa para instalar una planta de compostaje de lodos en terrenos de la localidad de Reliegos, en el término municipal de Santas Martas.
Instalación
La planta de compostaje de Reliegos preveía tratar 44.000 toneladas de lodos al año
El procedimiento había sido impulsado por el Ayuntamiento de Santas Martas, que presentó recurso para impugnar la resolución de la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de finales de 2020 por la que se concedía autorización ambiental para la instalación de la planta.
El fallo de junio de este año, que ahora es firme, anula la resolución e impone las costas a la administración autonómica. Constata que «no hay ninguna duda ni discusión» de que el suelo donde se proyectaba la instalación está clasificado en las Normas Urbanísticas Municipales (NUM) de Santas Martas como suelo rústico con protección agropecuaria, y que se trata de terrenos «en los que se acaban de invertir grandes sumas de dinero para realizar la concentración parcelaria y dotarlos de riego para su adecuado y más productivo uso agrícola».
Además, el fallo recoge la resolución de la entonces alcaldesa de Santas Martas, Aránzazu Lozano, de 10 de junio de 2020, en la que se decía que «no tenía ningún sentido autorizar un uso industrial no vinculado directamente con la producción agropecuaria municipal en un terreno al que se había protegido, con protección agropecuaria, por contar con un regadío de última generación».
El proyecto, que finalmente los tribunales echan abajo, suponía instalar una planta de compostaje en Reliegos para tratar 44.000 toneladas de lodos. Rápidamente despertó una fuerte contestación social entre los vecinos a través de la asociación medioambiental Valle de Valdearcos, que también acudió a la vía judicial. Los pueblos de la zona se han movilizado desde su anuncio con protestas por parte de particulares, ayuntamientos y juntas vecinales de la zona, como Santas Martas y Reliegos.
De hecho, el propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, a principios de este mes de septiembre estimó íntegramente la demanda interpuesta por la Junta Vecinal de Reliegos y por un grupo de vecinos, contra la instalación de la planta de compostaje, declarando la imposibilidad legal de hacerlo, por ser un acto administrativo contrario a Derecho y, al mismo tiempo también condenaba en costas a la Junta de Castilla y León.
Otra sentencia
Los tribunales dieron también la razón hace unos días a la junta vecinal desautorizando la planta
De esta manera anulaba la autorización ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente concedida a la empresa Agro Gestión Integral Sociedad Cooperativa para instalar la citada planta prevista para la localidad de Reliegos.
Se trata, pues, de dos sentencias, una favorable al Ayuntamiento de Santas Martas (ésta ya firme) y otra a la Junta Vecinal de Reliegos, que anulan la autorización ambiental de la Junta, poniendo el punto final a una lucha de los vecinos, ayuntamientos y juntas vecinales de la zona contra una planta con la que nunca estuvieron de acuerdo y contra la que demostraron su disconformidad tanto con protestas en la calle como en los tribunales.