25 años de cárcel para el autor del crimen machista de Paula en Mansilla de las Mulas
El juez ha impuesto una pena de 25 años de prisión a José Carlos García Díez, culpable de asesinar a Paula Miguélez, con la que mantenía una relación sentimental, en abril de 2021.
La sentencia, que se ha conocido este viernes, decreta esta condena después de que un jurado popular lo declarara culpable por unanimidad tras probar en sede judicial que el sospechoso, que mantenía una relación dominante sobre la víctima, se dejó llevar por la ideación de que la joven le engañaba con otro hombre al que buscó de forma compulsiva en el domicilio de la fallecida, en Mansilla de la Mulas, donde provocó destrozos antes de acabar con su vida de tres puñaladas, una especialmente grave que le entró por la espalda y le llegó al esternón.
"José Carlos García Díez, encontrándose ya en la vivienda de Paula Miguelez Martínez, comenzó una discusión con ella, dirigiéndole reproches a ésta (“dónde le tienes, donde está escondido, con quién estás” o expresiones similares), volteó la cama de la habitación auxiliar, además de revolver en el cajón y bolso de Paula, y buscó por todas las partes de la casa a ese supuesto hombre, sin encontrar a nadie, dado que Paula estaba sola en su domicilio. En la situación descrita en el domicilio de Paula, José Carlos le exigió que le dejase ver el contenido de su teléfono móvil Xiaomi M2007J3SG, negándose ella, produciéndose un forcejeo en el seno del cual José Carlos golpeó a Paula en la cabeza con un objeto o proyectándola contra una superficie roma", esgrime la sentencia de este crimen machista.
El asesino abandonó la vivienda de Paula, pero al poco tiempo volvió a entrar, sin su permiso y, con un cuchillo de unos 20 centímetros de longitud de hoja que había cogido de la cocina y se dirigió a la habitación donde estaba la víctima, y de forma súbita le asestó tres puñaladas en la zona de la espalda (región dorsal), fracturándose el arma de tal modo que unos 18 centímetros de la hoja (separada del mango) quedó incrustada en el cuerpo de Paula", que no "tuvo ninguna posibilidad de defenderse", continúa el magistrado.
Por el delito de asesinato, el juez estima adecuado, “en atención a las circunstancias del delincuente y a la mayor o menor gravedad del hecho”, imponer una pena de 21 años de prisión, dada la relación sentimental que mantenían víctima y asesino.
Además, de conformidad con el art. 55 del Código Penal, se impone la inhabilitación absoluta (privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos, aunque sean electivos, e incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, y de ser elegido para cargo público), durante el tiempo de la condena).
Por último, para garantizar cualquier intromisión y la tranquilidad y sosiego de la víctimas, que son también los familiares de Paula, se considera necesario imponer la pena de prohibición de aproximarse a los padres y hermanos a una distancia no inferior a 500 metros, así como la prohibición de comunicarse con ellos, por cualquier medio, oral escrito, escrito, visual, gestual, informático o telemático, a través de redes sociales o de mensajería instantánea.
Dichas penas se deben imponer por un tiempo superior a la prisión, entre uno y diez años, por lo que, teniendo en cuenta idénticas circunstancias de dosimetría sancionadora que las que se han indicado para la extensión de la pena privativa de libertad, se estima adecuado fijar la extensión de las prohibiciones por tiempo de 27 años.
También se le condena a algo más de 3 años de cárcel por un delito de allanamiento de morada y a casi un año por maltrato continuado.