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El TSJCyL tumba las ordenanzas de los pueblos para cobrar la tasa eléctrica

- Las sentencias dan la razón a Red Eléctrica y abocan a los ayuntamientos a recurrir ante la Audiencia Nacional

Torreta eléctrica de una línea de alta tensión en León. JESÚS F. SALVADORES

Villablino

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) está anulando las ordenanzas municipales para cobrar la tasa de dominio público a las eléctricas, a través de un rosario de sentencias que afectan a pueblos ayuntamientos y juntas vecinales de  toda la provincia.

Uno de estos municipios afectados es el Ayuntamiento de Cabrillanes, que anuncia que recurrirá en casación, ante la Audiencia Nacional, la sentencia, por la que se anula la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, según explicó el alcalde del municipio, Emilio Martínez. 

El regidor señaló que toman esta decisión ya que «tenemos a favor el resto de sentencias de los TSJ» de otras comunidades autónomas como País Vasco, Valencia, Madrid, Extremadura, Galicia y Cataluña, recordando que «además han condenado en costas a las eléctricas».

Contradicción
Las sentencias de los tribunales superiores de otras CCAA dan la razón a las entidades locales

Martínez declara que el TSJ de Castilla y León ha vuelto a «tumbar» la ordenanza metiéndose en la base imponible cuando «el Tribunal Supremo dejó claro que solo había que modificar el tipo impositivo y que la base imponible estaba avalada». Un recurso de casación, que a juicio del regidor «entendemos que tiene visos de prosperar visto que la mayoría de TSJ salvo uno, opinan que Red Eléctrica Española no tiene razón» sentenció, a la vez que esperan que «se mire un poco más por los intereses de los pueblos y no por el de las poderosas eléctricas»

Según recordó Martínez se trata de una ordenanza que promovió el Ayuntamiento de Cabrillanes hace dos mandatos, «en el año 2017» y que las eléctricas han ido recurriendo. 

Se trata de una ordenanza que no tiene validez porque nunca llegó a aprobarse ya que debido a los diferentes recursos presentados por las eléctricas «no entró en vigor ni se cobró ninguna tasa» y que pasaba por aplicar el 5 por ciento a las torretas. 

«Al principio la ordenanza se aprobó con el 5 por ciento en cada instalación», explica el alcalde, y posteriormente se modificó la ordenanza para añadir el 2,5 por ciento al vuelo a las eléctricas «pero recurren y volvemos a las andadas», considerando que deberían darle la razón a los pueblos que «al fin y al cabo son quienes sufren por tener esas instalaciones ahí»

Las sentencias emitidas por el TSJ dando la razón a la entidad mercantil Red Eléctrica son muy similares y anulan la ordenanza reguladora de la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de León.

En los fallos, destaca que se anula en su totalidad por «ausencia de acuerdo previo de imposición de la tasa, así como el artículo 4º y los preceptos del Anexo de Tarifas de la ordenanza fiscal impugnada», en cuanto resulten de aplicación al transporte de energía eléctrica, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico en cuanto aplican a las líneas aéreas elementos tributarios correspondientes a una inexistente utilización privativa. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas procesales a ninguno de los litigantes.

En la demanda, la entidad mercantil alega que la Ordenanza es nula de pleno derecho, ya que la entidad local ha obviado la tramitación legalmente establecida para la aprobación de lo que, pese a su denominación, es en realidad una nueva Ordenanza fiscal, y ello al no existir acuerdo preceptivo de imposición de la tasa -tributo potestativo- simultáneo a la aprobación de la Ordenanza, ni su correspondiente publicación en el BOP. Por su parte, los ayuntamientos alegan que no se trata de nuevas ordenanzas sino de s una mera modificación de las ya existentes.

Pelea judicial desde 2013

Esta pelea entre las compañías eléctricas y los ayuntamientos por sus ordenanzas y el uso de sus terrenos, ya comenzó en el año 2013, concretamente con  el ayuntamiento de Villagatón- Brañuelas, cuando el consistorio aprobó una ordenanza fiscal que obligaba a las compañías eléctricas, Unión Fenosa y Red Eléctrica, a pagar unas tasas por la ocupación de montes de utilidad pública con torres de alta tensión. En ese momento, se explicaba que 

el pilar que sustentaba esta decisión municipal, era el económico y descansa en un inventario que estima que la deuda acumulada por las dos compañías superaría 1,4 millones de euros, de los que el 75% correspondería a Red Eléctrica, la gran propietarias de las torres de alta tensión, y el 25% a Unión Fenosa por la distribución de la electricidad.

 En ese momento, tanto la compañía electrica  Red Eléctrica de España como Unión Fenosa presentaron recursos contra la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Villagatón- Brañuelas, Y tiempo después, el Juzgado número 1 de León aprobaba  el contencioso administrativo de Red Eléctrica, mientras que desestimó los otros nueve recursos presentados por Unión Fenosa, a quien se le pidió que pagara antes de dos meses, más de medio millón de euros.