Nuevo varapalo judicial a Mieres: declaran ilegal su fiesta ganadera en el puerto de Pinos
Un juzgado de León condena al Ayuntamiento de San Emiliano por autorizar en 2022 esta polémica celebración
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La fiesta se ha venido celebrando en territorio leonés en agosto
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de León ha condenado al Ayuntamiento de San Emiliano por autorizar en el año 2022 —cuando Basilio Barriada era alcalde— al Ayuntamiento de Mieres a celebrar su fiesta de la Virgen de las Nieves en el puerto leonés de Pinos, una celebración que desde los últimos años ha estado rodeada de polémica por el conflicto que mantienen los pueblos leoneses de Babia con Asturias por la utilización de los pastos.
Este juzgado, que fue el autor de la sentencia que anuló las licencias de hostelería que tenía el Ayuntamiento de Mieres en el Puerto de Pinos, y que fue confirmada por el TSJ de Castilla y León y el Tribunal Supremo, ha vuelto a dictar una «muy razonada sentencia», según argumenta el abogado de que defiende el interés de los pueblos de León, Carlos González-Antón, en la que declara la absoluta ilegalidad de las actuaciones del Ayuntamiento de Mieres en este caso relacionadas con las fiestas que históricamente ha organizado en el puerto de Pinos en beneficio de sus ganaderos.
Contundente
Entre los argumentos que defiende el juez, y que son extensibles a todas las fiestas futuras, explica que la potestad normativa reglamentaria de los ayuntamientos está limitada a su término municipal, por ello, «el Ayuntamiento de Mieres no puede regular la organización de fiestas en la provincia de León por medio de sus reglamentos».
También esgrime que las fiestas patronales, como esta de la Virgen de las Nieves, son una actividad de servicio público, y que los contratos administrativos de servicios están vinculados legalmente una necesidad pública y no pueden otorgarse fuera del ámbito competencial y territorial del municipio. «Un ayuntamiento no puede realizar ninguna actuación si no es en ejercicio de sus competencias, porque se trata de una administración pública y no puede ejercer competencias administrativas fuera del término municipal si no está expresamente habilitado para ello.
Nuevo triunfo
Tampoco consta que en el procedimiento se haya solicitado informe a la Administración del Parque Natural de Babia y Luna para la celebración de este evento festivo.
El magistrado, en una contundente sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, defiende el «interés legítimo» de las juntas vecinales leonesas —San Emiliano, Candemuela, Pinos Villargusán—, y de la Federación Leonesas de Entidades Locales Menores, de «poner fin a la reiterada extralimitación competencial y territorial» ejercida por la administración local asturiana en territorio leonés.
«Se puede concluir, que al igual que sucede con la actividad ganadera que desarrolla el Ayuntamiento de Mieres en el término municipal de San Emiliano, también estas actividades festivas son claramente contrarias al ordenamiento jurídico, por lo que procede su anulación», asegura González-Antón. En el mismo sentido se pronunció el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Oviedo hace unos meses, sin perjuicio de que el mismo no haya acordado la ejecución provisional de su sentencia, lo que, «ante la flagrante inactividad de las administraciones de Castilla y León, permitirá una vez más que el Ayuntamiento de Mieres pueda subir el ganado al puerto de Pinos», afirma el letrado.
Las entidades leonesas valoran muy positivamente esta sentencia, que viene a ratificar que «todas las actividades del Ayuntamiento de Mieres en la provincia de León son absolutamente ilegales».
La Juntas Vecinales de Babia y la Federación leonesa de Concejos quieren manifestar una vez más su «frustración» con los políticos provinciales y autonómicos, que «están manteniendo una actitud humillante para la ganadería de León, para los vecinos de los pueblos de Babia y para toda la Montaña de León».
Concluyen afirmando que «es muy triste que tengan que ser los pueblos de León los que se defiendan en la más absoluta soledad, cuando el Ayuntamiento de Mieres está arropado por todas las instituciones asturianas».
Tanto el Ayuntamiento de San Emiliano como el de Mieres han sido condenados a pagar las costas. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de 15 días
Babia pide el apoyo de la Junta tras más de 20 años de conflicto territorial y competencial
Desde 2006, las entidades locales menores de Babia y la Federación Leonesa de Entidades Locales Menores denuncian que esta «grave ilegalidad» que se está produciendo en la montaña leonesa «se debe a la inadmisible y claramente antijurídica pasividad de las autoridades autonómicas de Castilla y León, al no impedir que un ayuntamiento asturiano actúe de forma claramente ilegal en un municipio de la provincia de León». Consideran que «sin perjuicio de que los tribunales hayan ido resolviendo siempre a favor de las entidades locales de Babia, «el hecho de que la Consejería de Presidencia, la Consejería de Agricultura y la Consejería de Medio Ambiente no hayan actuado para impedir esta ilegalidad durante todos estos años es una gravísima irresponsabilidad, que además produce un grave perjuicio para la ganadería de la montaña leonesa, que se ve afectada severamente por una invasión de ganaderos asturianos, en grave perjuicio de los ganaderos de los pueblos de León».
Las Juntas Vecinales de Babia van a volver a solicitar formalmente a las consejerías de Castilla y León competentes en este conflicto que adopten de forma urgente las medidas necesarias para impedir que Mieres suba el ganado este año, pues «independientemente del proceso judicial, lo que no pueden hacer las autoridades autonómicas es incumplir la legislación que impide a un ayuntamiento asturiano ejercer competencias en Castilla y León». Aseguran que «las administraciones autonómicas tienen plena capacidad de autotutela y de defensa de las competencias de régimen local, ganaderas y ambientales, y no necesitan esperar a que el Tribunal Supremo confirme la ilegalidad de la actuación de Mieres para poder actuar».