Diario de León

Los padres de Hugo López, que murió hace dos años, dispuestos a llegar al Constitucional

El juez archiva el caso del niño de la aceituna y su familia decide recurrir

El Instituto de Medicina Legal de Madrid ya emitió el informe solicitado sobre el suceso

Dos ambulancias en las inmediaciones del centro de salud de La Bañeza, donde fue atendido Hugo López

Dos ambulancias en las inmediaciones del centro de salud de La Bañeza, donde fue atendido Hugo López

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Alberto Domingo - la bañeza | redacción
León

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El Juzgado número 2 de La Bañeza ha admitido a trámite el recurso de reforma que la letrada de los padres de Hugo López -el niño de 2 años que falleció el 29 de agosto de 2001 al atragantarse con una aceituna- presentó contra el auto que dictaba el archivo de las diligencias incoadas para determinar si en el caso existió negligencia por parte de los médicos que trataron a Hugo López, según informaron ayer fuentes de la familia. Si el juzgado desestimara las razones que se expone contra el archivo de las diligencias previas, la Audiencia provincial deberá decidir sobre el caso, ya que el mismo documento se registró como recurso subsidiario de apelación, y, en última instancia -según los mismos informadores- y siempre que continuaran sin admitirse los argumentos, el asunto llegará al Tribunal Constitucional, ya que se consideraría vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, contemplado en el artículo 24 de la Constitución Española, ya que, según la familia, los indicios de las supuestas negligencias cometidas por los médicos «son suficientes para que se celebre una vista oral, sin perjuicio de que los acusados fuesen declarados inocentes tras su celebración». El archivo de las diligencias y el recurso se produce después de que el Instituto de Medicina Legal de Madrid haya emitido un informe sobre el caso, sin que se haya hecho público el contenido del mismo, al haberse decretado el secreto del sumario en la causa y que aún no se ha levantado. Las razones de la familia El recurso enumera los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y del Código Penal por los cuales los representantes legales de los padres del niño fallecido consideran que la investigación judicial en primera instancia debería prosperar. En concreto, se estima que los médicos que atendieron a Hugo López tardaron en avisar a la uvi móvil, argumento que se apoya en la hora de ingreso del niño en el centro de salud de La Bañeza y en el testimonio de varios testigos. También se considera negligente no haber sedado al niño una vez ingresó, no realizar una traqueotomía o una cricotircomía y haberlo intubado al estómago en vez de a los pulmones. El argumento se apoya también en un caso de negligencia médica ocurrido en León, con sentencia condenatoria contra un facultativo de la Audiencia provincial, ratificada por el Tribunal Supremo, en el que un doctor fue procesado no consiguió intubar a su paciente, que sufría una grave insuficiencia respiratoria, produciéndole daños que se podían haber evitado.

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