Diario de León

La sentencia absuelve al hijo del principal acusado en este proceso

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m.?a. | astorga
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La Audiencia Nacional absolvió en la misma sentencia a Jacinto González Mompó, hijo de González Martín, de los delitos de estafa y apropiación indebida, así como del de receptación planteado por una de las acusaciones particulares. La sala limitó la participación del primero en los hechos a su condición de «mero recadero, que intervenía en las actividades de su padre quien le ordenaba realizar actuaciones materiales de ingreso y reintegros de efectivo, así como también actividades de segundo orden en la actuación empresarial». La sentencia considera probado que Mompó «se benefició directamente» de la actitud delictiva de su padre, «con la que colaboró», y que existen contra él «indicios más que sobrados para mantener su imputación», aunque éstos «no tengan entidad suficiente...para ser reputados como auténtica prueba de cargo», señala el pronunciamiento judicial. Así, el tribunal estimó que Mompó «veía que la actividad de su padre era rentable» y atribuía esta circunstancia «a la especial capacidad inversora y negocial de su progenitor». Incorrecta administración Mientras, la sala de lo penal no admitió como argumento que González Martín atribuyera los hechos que se le imputaban a una incorrecta administración de la empresa. El principal imputado no negó las acusaciones y estuvo de acuerdo con la petición del fiscal de seis años de prisión. La audiencia tampoco dio crédito al desconocimiento de las actividades del anterior que argumentaron Nistal y Vélez, y motivó esta consideración en «las características de la inversión» y «la implicación de estos mismos en los hechos, así como...en las elevadas comisiones que percibían» por su mediación. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo por cualquiera de las partes. Junto a la junta vecinal se personaron como acusaciones particulares otros perjudicados de toda España.

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