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El delegado de la Junta exige que se atiendan las indemnizaciones por el incendio del campo de tiro

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El delegado territorial de la Junta de Castilla y León, Eduardo Fernández, valoró ayer de forma positiva la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo según la cual el Ministerio de Defensa deberá indemnizar con 216.333 a la Junta Vecinal de Torneros de Jamuz por el incendio de septiembre de 1998, que se originó durante unas maniobras militares en el campo de tiro del Teleno. Fernández, de visita ayer en Astorga, expresó su deseo de que en este tipo de procesos «en los que se debe producir la responsabilidad patrimonial de la Administración se atendieran al menos las reivindicaciones económicas de los pueblos, y también de la propia comunidad autónoma, que en alguna ocasión ha tenido que llegar a la vía de apelación, porque incluso en primera instancia no eran atendidas sus reivindicaciones hasta el montante que la Junta entendía era el justo». El representante del Gobierno autonómico añadió: «Cuando se produce una situación como la del Teleno, lo menos que, puede contribuir a paliarla es que se reconozca y que no se escatime ni un solo euro de las reivindicaciones de responsabilidad patrimonial que hacen los pueblos». El delegado expresó su deseo de que este tipo de reclamaciones se hubiesen atendido en vía administrativa sin tener que llegar a los tribunales. Respecto a recursos similares que tiene planteados la Junta por el incendio del Teleno, que «tampoco era una cantidad tan importante para la comunidad autónoma, era más importante para los pueblos, en lo económico y lo simbólico, porque le viene a dar la razón en algo que, aunque no se mida en euros, da una satisfacción a estas localidades». Las declaraciones de Eduardo Fernández se producen después de que se conociera que el Ministerio de Defensa deberá indemnizar a la Junta Vecinal de Torneros de Jamuz por los daños generados en la producción micológica y en la recogida de leña en los montes arrasados en septiembre de 1998 a consecuencia de un incendio en el campo de tiro de El Teleno, según informó el lunes la Agencia Efe. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo confirma en una sentencia la resolución dictada el 24 de mayo de 2000 por la Audiencia Nacional y rechaza el recurso interpuesto por el abogado del Estado, que defendía que no eran «evaluables económicamente» los daños sobre la pérdida de aprovechamiento micológico y de leñas. El incendio, que se originó en el campo de tiro del Teleno, destruyó 306,2 hectáreas de bosques propiedad de la pedanía de Torneros de Jamuz, el 13 de septiembre de 1998, cuando unidades del Ejército de Tierra realizaban ejercicios con fuego real. La Audiencia Nacional El Supremo confirma el argumento de la Audiencia Nacional, que estableció que «no hay razón» para que no se indemnice a la junta vecinal por los daños en la producción micológica y en la recogida de leñas, al tratarse de productos que se encuentran en la zona afectada y sobre los que se ha producido un «daño emergente y un lucro cesante». «En la medida en que los montes en cuestión precisan de una recuperación que se prolonga en el tiempo y estos productos, tanto presentes como los razonablemente futuros, suponen una riqueza en potencia que ha sido destruida (...) por la actividad de la Administración y por ello su pérdida debe ser reparada», mantenía la Audiencia. El Supremo rechaza el argumento del abogado del Estado, según el cual los recursos no eran explotados por la pedanía, sino libremente por vecinos y visitantes.

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