Diario de León

La acusación pública niega que existiera negligencia profesional

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El fiscal de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo estimó que al concurrir una causa de fuerza mayor, como lo es a su juicio, «el aumento imprevisto del viento» durante las maniobras no cabe tachar de imprudencia ni de negligencia profesional la actuación de los dos militares procesados. Además, la fiscalía no consideró suficientemente acreditada «la falta del deber objetivo de cuidado [...] en una situación de riesgo socialmente aceptado, en función del fin que cumple el ejercicio de adiestramiento en el uso de armas necesario para la formación militar». La acusación pública tampoco consideró probado de forma suficiente «que la relación de causalidad entre las maniobras con fuego real y el resultado de daños -el incendio- resulte atribuible a los imputados», por considerar que la supuesta variación en las condiciones del viento defendida por el citado ministerio habría sido la causa de las llamas que, con posterioridad, sobrepasaron los cortafuegos. El fiscal defendió en su escrito que la sentencia cuenta con «una sólida base probatoria» de la ausencia de culpa o negligencia de los militares. Cabe recordar que la fiscalía militar del Tribunal Supremo ya renunció al recurso contra la absolución de los mandos.

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