Diario de León

Los intermediarios Antonio Nistal y Pelayo Vélez fueron exculpados del delito

El Supremo absuelve a dos de los condenados por la estafa del oro

La sentencia ratifica la culpabilidad del principal acusado como sostenía la Audiencia Nacional

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Maite Almanza - astorga
León

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo absolvió a Antonio Nistal Vidal y Pelayo Vélez Narganes del delito de estafa continuada por el que ambos fueron condenados a cinco años de cárcel por la Audiencia Nacional en relación con el caso conocido como la estafa del oro de Quintanilla de Somoza. La sentencia ratifica la pena de seis años de prisión para el principal acusado, Jacinto González Martín, aunque rebaja la multa impuesta por la audiencia. Jacinto González fundó en 1993 la entidad inversora Comercial y Servicios de Metales Preciosos, con sede en San Sebastián, y entre 1992 y principios de 1996 ofertó inversiones a multitud de personas a través de las delegaciones comerciales de las empresas que había creado. El principal acusado por la estafa, según la Audiencia Nacional, «era conocedor del mercado del oro y ofertaba al público la posibilidad de invertir dinero en lingotes» a cambio de «unos intereses que eran muy superiores al normal del mercado del dinero» y que la audiencia cifró entre el doce y el catorce por ciento anual. Accedieron a colaborar con González captando clientes en la zona de Valladolid Antonio Nistal y Pelayo Vélez, ambos miembros de la asesoría financiera Ayser, con sede en dicha ciudad. Los dos hacían firmar a los inversores los contratos remitidos por González Martín y recogían el dinero de los depósitos que entregaban a éste, y del que detraían sus propias comisiones. La investigación sólo pudo acreditar como invertida en oro una ínfima parte del capital recibido, ya que González se apoderó del resto, lo incorporó a su patrimonio y se negó a devolverlo al vencimiento de los depósitos. Recurso de casación Los tres presentaron un recurso de casación ante el Supremo contra la sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional del 3 de septiembre del 2003. Los argumentos de Jacinto González, según reconoce el fallo del alto tribunal, cuestionan sólo la determinación de la cuantía de la cuota diaria de la pena de multa. Cabe recordar que González no negó los hechos de los que se le acusaba durante el juicio en la audiencia. Mientras, el defensor de Antonio Nistal, el letrado Jesús Gonzalez-Boado, señaló ayer que esta sentencia del Supremo «pone fin a la vía penal ordinaria, sin que quepa recurso alguno».

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