Reyero
El Ayuntamiento aprueba cambios en el IBI y en la tasa de la basura
El pleno del Ayuntamiento de Reyero aprobó el expediente de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que será del 0,650% para los inmuebles urbanos y del 0,850 para los rústicos. Quedarán exentos del impuesto los recibos y liquidaciones de los bienes inmuebles que su cuota líquida sea inferior a seis euros y los rústicos en el caso de que, para cada sujeto pasivo, la cuota líquida correspondiente a la totalidad de los bienes rústicos poseídos en el termino municipal sea inferior a seis euros. Además estos inmuebles rústicos se agruparan en un sólo recibo de cobra por cada propietario. El impuesto surtirá efecto a partir del 1 de enero de 2007. Tasas de recogida de basura Otro de los acuerdos probados por el Ayuntamiento de Reyero ha sido la modificación de las tasas por prestación del servicio de recogida de residuos urbanos. Será considerada recogida de basura la que afecte a las viviendas, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejerciten actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios. Se determina una cuota de 29,39 euros al trimestre por cada vivienda y de 40,97 euros al trimestre para cada establecimiento de restauración como bares, cafeterías, tabernas y pubs. A partir de enero de 2007 las tarifas se pasarán anualmente, correspondiendo a viviendas 117,55 euros y a restauración 199.88 euros. Tendrán la consideración de exentos aquellas personas que hayan sido declaradas pobres y estén inscritas en el padrón de beneficiencia.