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herencias sin heredero

El Estado ingresa 4,4 millones de euros de personas muertas sin herederos y premia a particulares que se -˜chivan-™ sobre esos bienes

Hacienda tramita el patrimonio de los difuntos sin deudos.

Publicado por
León

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Dice un viejo refrán que el que deja herencia deja pendencia. La sabiduría popular se sirvió de esa frase para avisar de que cualquier familia bien avenida puede ver saltar por los aires sus buenas relaciones a causa de disputas entre hermanos, sobrinos u otros parientes por el legado de un difundo.

Pero esa sentencia tan rotunda, que se cumple hasta en las mejores familias, tiene excepciones. Hay quien muere sin cónyuge, ni hijos, ni hermanos, ni sobrinos, ni primos, ni padre, ni madre, ni perro que le ladre. La maquinaria del Estado se pone entonces en marcha para quedarse con todos sus bienes.

Cada año la relación de ingresos del Ministerio de Economía y Hacienda y de algunas comunidades autónomas engorda gracias a los abintestatos, un concepto que según la Real Academia Española designa al procedimiento judicial que se ocupa de la herencia y adjudicación de los bienes de quienes mueren sin haber hecho testamento. A falta de los documentos que dejen constancia de la última voluntad del finado, la ley convoca a determinadas personas para heredar: cónyuge viudo, descendientes y familiares hasta cuarto grado de parentesco, ascendientes incluidos.

No es habitual, pero a veces esos beneficiarios han muerto o nunca han existido -”caso de las personas que no han tenido hijos-”, y empieza un proceso de sucesión abintestato a favor de la administración pública. Las personas cuyo patrimonio acaba en manos del Estado responden casi siempre al mismo perfil: ancianos que han pasado sus últimos años en residencias y quieren que su capital se invierta en beneficio del lugar donde han acabado sus días.

Hay excepciones, jóvenes solos en el mundo que han heredado fortunas y mueren de forma prematura, antes de casarse y tener descendencia.

La normativa general que regula esos procedimientos está recogida en el artículo 956 del Código Civil y en el decreto 2091 de 1971, aunque ha habido reformas y el modelo autonómico también ha complicado las cosas.

Hoy el Estado es heredero automático y administra en toda España el patrimonio de los difuntos sin deudos salvo en Galicia, Navarra, Cataluña, Aragón y la Comunidad Valenciana. Los estatutos de autonomía de esos territorios otorgan a sus respectivos gobiernos poderes para erigirse en albaceas cuando los finados residían habitualmente en sus dominios.

Reparto del patrimonio

El reparto del patrimonio se realiza conforme a un mecanismo que reserva una tajada a la provincia y al pueblo donde acabó su vida el titular de los bienes. Una vez subastados, un tercio va a instituciones benéficas o de carácter social de su municipio. Otra tercera parte se asigna a organismos provinciales de la misma naturaleza y el tercio final queda en manos del Tesoro.

El Ministerio de Economía aclara que antiguamente esa parte del dinero iba a la Caja de Amortización de Deuda Pública, pero esa caja se suprimió por una Real Orden el 1 de abril de 1931, que dispuso el ingreso del tercio estatal en el Tesoro, sin un fin concreto. En el caso de las comunidades autónomas, los recursos suelen adjudicarse a organismos que presentan proyectos de carácter social.

Cantidades nada despreciables

Las cantidades no son despreciables. El último informe de la Dirección General de Patrimonio del Estado detalla que en el 2009 se finalizaron 138 expedientes de abintestato y 96 de ellos se ejecutaron. Fruto de las liquidaciones, el Estado ingresó 4.407.686 euros. El año de la recesión global tampoco fue bueno en este capítulo. El número de liquidaciones cayó un 28% y su importe se desplomó un 60% respecto del 2008, cuando Hacienda recaudó por esta vía más de 11 millones de euros.

Por lo que respecta a las comunidades autónomas, las cifras son algo inferiores. La Junta Distribuidora de Herencias del Gobierno de Aragón obtuvo 876.752 euros en el 2010 procedentes de 24 herencias, cuyos caudales oscilaban entre 156 euros el mínimo y casi 283.000 euros el máximo. El Ejecutivo maño asegura que el dinero fue distribuido «entre entidades sociales».

La Xunta de Galicia, por su parte, recibió 904.000 euros y once inmuebles procedentes de 65 herencias entre 1995 y el 2010, con cuantías que oscilaban entre los 22 y los 389.076 euros, según datos filtrados a la prensa gallega por la Consellería de Facenda.