Diario de León
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León

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Deja de ser obligatoria la separación previa |||| Con la ley que todavía está en vigor, hay que acreditar un año de separación física antes de iniciar el procedimiento de divorcio. Si hay acuerdo mutuo, el divorcio puede ser efectivo en el plazo de dos meses |||| Actualmente, aunque sea de mutuo acuerdo y no haya hijos de por medio, la sentencia de divorcio tarda un mínimo de seis meses y hasta dos y tres años. No tiene que haber culpables |||| La actual ley exige, en caso de no haber mutuo acuerdo, que la o el demandante de divorcio alegue motivos, que acostumbran a ser uno de estos cinco: infidelidad, toxicomanía, abandono del hogar, perturbación mental o maltrato. La patria potestad y la custodia de los hijos serán otorgadas en función de las circunstancias de cada caso |||| Hoy por hoy y en la mayoría de casos sin estudio pericial previo, más del 90% de las sentencias establecen que la patria potestad sea compartida, en tanto que también en más del 90% de los casos y también sin indagación detallada la custodia es otorgada a la madre, salvo que previamente se haya acreditado, por ejemplo, que ejerce la prostitución, que es toxicómana, que padece un trastorno siquiátrico o que maltrata a los hijos.

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