Entra en vigor el sistema único de registro de sustancias químicas
Todas las sustancias químicas que se comercialicen por primera vez en España a partir de una producción de una tonelada anual deberán registrarse en un sistema único. Su objetivo es aumentar la seguridad y protección de los ciudadanos, así como
Desde el pasado 5 de noviembre, un Real Decreto establece que todas las sustancias químicas que se que se comercialicen en España por primera vez a partir de una producción de una tonelada anual por fabricante, deberán ser registradas en un sistema único, la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, dependiente de la UE. Su objetivo es el de aumentar la seguridad y el grado de protección de los ciudadanos, así como el respeto medioambiental de este tipo de productos. La medida afectará a más de 100.000 sustancias. La nueva normativa traspone la directiva europea Reach (Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias y Preparados Químicos) y modifica el anterior reglamento relativo a la notificación de sustancias nuevas, y a la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. Hasta ahora, el registro y control de una sustancia química sólo se hacía en el país en el que se fabricaba o empleaba primero, y los demás Estados miembros aceptaban ese control. Las comunidades autónomas serán responsables de las investigaciones y sanciones que podrán llegar a 1,2 millones de euros y, además, se abordan algunas lagunas que había en el control de estos productos, que van desde aditivos a pinturas, pasando por fármacos o fertilizantes. Calendario El reglamento europeo Reach entró en vigor el 1 de junio de 2007 con el objetivo de regular el uso y producción de las sustancias químicas. Entre sus objetivos está mejorar la salud humana, el medio ambiente y la competitividad de la industria química europea. Igualmente, busca perfeccionar la gestión de riesgos y la comunicación a lo largo de toda la cadena de suministro, particularmente con la sustitución de sustancias químicas especialmente peligrosas por alternativas más seguras. La normativa establece que industria tendrá que eliminar aquellas que son persistentes y se acumulan en los seres vivos, si existen alternativas más seguras disponibles, así como informar sobre los efectos en la salud y el medio ambiente de las que importan o producen por encima de una tonelada anual. Sin embargo, la legislación sólo afecta a 30.000 de las 110.000 que existen en el mercado de la UE, lo que significa que la mayoría podrán seguir siendo utilizadas en productos de consumo. La industria no está obligada a informarsobre la peligrosidad de miles de sustancias que no tienen un gran volumen de producción y la legislación permitirá todavía usar en productos de consumo algunos químicos que pueden provocar cáncer, defectos congénitos y disfunciones reproductivas. Doce meses después de su entrada en vigor, la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (Echa, por sus siglas en inglés), inició su andadura para el registro de sustancias nuevas o ya existentes y comenzó los trabajos para preparar las autorizaciones. Según se indica en la revista Medio Ambiente para los Europeos, la Echa se configura como una de las agencias más grandes de la UE, con una plantilla que supera las 500 personas y su principal cometido es evaluar y controlar los riesgos de los productos químicos, proporcionando apoyo científico y técnico para la aplicación del reglamento Reach. El calendario establecido en el Reach es el siguiente. Desde el pasado 1 de junio, las empresas europeas que fabriquen o importen una tonelada o más de cualquier sustancia química deberán registrarse en la Echa. En caso contrario, no podrán producir ni importar dicha sustancia hasta haber presentado un expediente de registro completo. Sin embargo, para la mayor parte de las sustancias, las empresas podrán obtener, mediante el prerregistro, plazos de registro transitorios para la próxima década, dependiendo de la sustancia y de las cantidades en cuestión. El próximo 1 de diciembre concluye el plazo de prerregistro para las sustancias existentes; el 1 de junio de 2009 deberá publicarse la primera recomendación de sustancias cuya autorización se debe valorar con prioridad y, el 1 de diciembre de 2010, deberán estar registradas todas las sustancias existentes que se fabriquen o importen en cantidades de mil toneladas o más al año, las de cien toneladas o más al año en el caso de que sean muy tóxicas para los organismos acuáticos, y una tonelada o más en el caso de las carcinógenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción.