Ni letra grande ni letra pequeña: lo que funcionó fue la confianza
Muchos de los afectados por los productos vendidos como seguros frente a la subida de tipos, en realidad productos de alto riesgo financiero, ni siquiera llegaron a leer los abultados contratos que les entregaron sus bancos. Una circunstancia que, por cierto, se les ha puesto en contra a la hora de llevar sus casos a los tribunales. Confiaban plenamente en sus asesores «de toda la vida», estaban agobiados por la subida de cuotas a costa del incremento de los intereses y no fueron informados de los riesgos que corrían con estos complejos productos.
Desde la OCU son claros en sus recomendaciones: «No hay que fiarse del comercial ni del director de la entidad, aunque sea el de toda la vida. El usuario debe leerse de arriba a abajo todo el documento que firma, y, si puede, llevárselo a un especialista».
Expertos, jueces e instituciones han reconocido unánimemente que estos derivados financieros (un producto arriesgado, que por tanto debe estar sujeto a la normativa Mifid) son «un producto casi incomprensible para la mayoría de los ciudadanos, con riesgos muy altos; y que además se ha vendido con malas prácticas y con desinformación».
El caso es que la solución jurídica no siempre es sencilla. La propia vicepresidenta económica del Gobierno, Elena Salgado, reconoció que los clips son un producto «de libre contratación». Los jueces deben decidir ahora hasta qué punto los clientes firmaron con libertad. Y valorar que, en muchos casos, se obligó a los clientes a firmar los «swaps» para concederles las hipotecas.