Diario de León

ESTATUTO DE CATALUÑA

El TC recuerda a Cataluña que la inmigración es materia exclusiva del Estado

El Tribunal Constitucional acepta que participe en tareas de integración y regulación laboral de los extranjeros una vez que se encuentren en ese territorio.

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EFE

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El Tribunal Constitucional (TC) recuerda a la Generalitat de Cataluña en la sentencia del Estatut que la inmigración es una competencia exclusiva del Estado, aunque acepta que participe en tareas de integración y regulación laboral de los extranjeros una vez que se encuentren en ese territorio. El TC concluye que el artículo 138 del Estatuto, cuyo epígrafe es "Inmigración", no vulnera la Constitución puesto que " las potestades en él recogidas no se traducen en la atribución a la Generalitat de competencia alguna " en materia migratoria.

De no interpretarse así, añade la sentencia, " sería claramente inconstitucional ", puesto que la Carta Magna reserva al Estado con " carácter exclusivo " el ejercicio de esa competencia. Según el TC, la referencia que se hace en el enunciado de dicho artículo se corresponde " con otras materias sobre las que puede asumir competencias la Comunidad Autónoma ". El Alto Tribunal argumenta que el fenómeno migratorio no puede considerarse un ámbito de " alcance ilimitado " que sólo controle el Estado y que la actual Ley de Extranjería reconoce la competencia de las CCAA y los ayuntamientos en la integración social y laboral de los inmigrantes.

Por ello, tolera que en el primer apartado del artículo, se afirme que la Generalitat tiene " la competencia exclusiva en materia de primera acogida de las personas inmigradas, que incluirá las actuaciones sociosanitarias y de orientación ". En cuanto a la competencia de entrada y residencia de extranjeros, de la que también se habla en el Estatuto, el TC la inscribe en " el ámbito de la inmigración y la extranjería ". No obstante, subraya que así lo reconoce el propio Estatut, " al condicionar el ejercicio de la competencia ejecutiva autonómica (de Cataluña) a la coordinación con el Estado ".

De este modo, la institución que preside María Emilia Casas no objeta que el Gobierno catalán participe en la regulación laboral de los inmigrantes en su " condición como trabajador en Cataluña ". Sobre este asunto, el Ejecutivo central adaptó hace un año, a través de un real decreto, la regulación de los procedimientos de autorización de residencia y trabajo de los extranjeros al traspaso de estas competencias a comunidades autónomas como Cataluña con el fin de agilizar los trámites. En cuanto al cupo de trabajadores, el TC entiende que la Generalitat también puede participar en las decisiones del Estado, " debiendo en todo caso quedar a salvo la titularidad de las competencias estatales eventualmente implicadas ", apunta la sentencia.

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