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El Tribunal de la UE avala las medidas para echar a ETA de las instituciones

Considera lícita la anulación de 133 candidaturas de ANV en las locales del 2007

Publicado por
alfonso torices | madrid
León

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El Tribunal de Estrasburgo ha dado el espaldarazo definitivo a la estrategia puesta en marcha por España en el 2002 para impedir que las organizaciones políticas vinculadas a ETA entren en las instituciones. La Sección Tercera del tribunal comunicó ayer una resolución de 32 folios por la que rechaza todos los recursos interpuestos por Acción Nacionalista Vasca (ANV) contra la anulación, en el 2007, de 133 de sus candidaturas a las elecciones locales del País Vasco y Navarra. En un año y medio, la corte europea de Derechos Humanos ha refrendado todas las sentencias por las que el Supremo y el Constitucional ilegalizaron a Batasuna y anularon en sucesivas citas electorales las listas de diversas agrupaciones y partidos políticos por considerar probado que no eran más que argucias del brazo político de la banda terrorista para burlar su proscripción.

Con la resolución dictada ayer, el tribunal no sólo garantiza la legalidad de la ley de Partidos, la norma que dibuja el campo de juego de la estrategia antiterrorista, sino que refrenda las distintas fórmulas para su aplicación práctica utilizadas por la Fiscalía, la Abogacía del Estado y los altos tribunales en las citas electorales. La primera bendición de las medidas se produjo en junio del año pasado, cuando la corte de Estrasburgo falló que la ilegalización de Batasuna, acordada por el Supremo en marzo del 2003 y ratificada por el Constitucional, era no sólo correcta sino además «una necesidad social» de un régimen democrático como el español para «el mantenimiento de la seguridad, la defensa del orden y la protección de los derechos del otro».

En la misma resolución del 2009, la sala dio un segundo paso al considerar acorde a derecho la exclusión electoral por los mismos tribunales españoles, en el 2003 y el 2004, de las agrupaciones de electores con las que Batasuna quiso burlar su ilegalización para volver a las diputaciones forales, el Parlamento de Navarra y al Parlamento Europeo.

Ley de Partidos. La sentencia de ayer da un tercer respaldo. Valida la actuación de los tribunales españoles en la única fórmula de aplicación de la ley de Partidos que faltaba por contrastar, que, además, era la más polémica: la anulación de determinadas candidaturas de un partido legal, como era ANV en mayo del 2007, formación que no fue ilegalizada hasta unos meses después, cuando se consiguió demostrar que era un «instrumento al servicio de ETA». La corte europea señala que la anulación de 133 de las 250 listas que este partido presentó en el 2007 a ayuntamientos y diputaciones vascos y consistorios y parlamento de Navarra es correcta porque está «suficientemente probado» que eran «un fraude» que sólo perseguía «asegurar la continuidad de las actividades de Batasuna y Herri Batasuna» en las instituciones.

La Sección Tercera, por cinco votos a dos, descarta que exista «arbitrariedad», cree que es una medida «proporcionada al fin legítimo perseguido» -”evitar grupos filoterroristas en las instituciones-”, y dice que no atenta contra la libertad de expresión, reunión y asociación.

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