Los controladores, denunciados
La Fiscalía presenta una denuncia por sedición y estudia pedir el embargo de sus bienes para afrontar las millonarias indemnizaciones que se avecinan por el motín
![Un operario observa desde la torre de control el aterrizaje de un avión.](https://imagenes.diariodeleon.es/files/image_large/uploads/2024/01/20/65ac153721a2c.jpeg)
Un operario observa desde la torre de control el aterrizaje de un avión.
La Fiscalía de Madrid dio ayer el primer paso para sentar en el banquillo de los acusados a las decenas de controladores aéreos que el pasado puente de la Constitución sembraron al caos en los aeropuertos de toda España al abandonar de forma masiva sus puestos de trabajo y dejaron en tierra a varios cientos de miles de pasajeros. El Ministerio Público denunció ante los juzgados de instrucción de Madrid a los controladores que, según informó Aena, se ausentaron de las torres de control de Barajas y Torrejón de Ardoz sin motivo justificado los pasados 3 y 4 de diciembre.
La denuncia, por el momento, es exclusivamente por sedición y se basa en dos preceptos. El primero es el artículo 545 del Código Penal, que fija penas de ocho a diez años de cárcel y la inhabilitación para empleo o cargo público por ese mismo tiempo para aquellos empleados que hayan «inducido, sostenido o dirigido» el motín, y además castiga con condenas de cuatro a ocho años a los que, sin ser cabecillas de la revuelta, hayan participado en ella.
Abandonos. El segundo artículo que invoca la Fiscalía es el 20 de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea de 1964, que establece «pena de prisión menor como reos de sedición» a «los miembros de la tripulación de aeronaves o empleados de aeropuertos que, en número suficiente para perturbar el servicio, abandonen colectivamente sus funciones en la aeronave o el aeropuerto, en actitud de protesta, desobediencia coactiva o represalia contra el comandante o jefe respectivo». Al delito de sedición podrían sumarse otros, según explicaron responsables de la Fiscalía. Este departamento está a la espera de que avancen las investigaciones para decidir si cabría acusar a los controladores de falsificación documental -”en el caso de que hubiera certificados médicos sin estar enfermos-” o por abandono de destino.
El escrito presentado en Madrid no es nominativo, o sea no identifica con nombres y apellidos a los supuestos sediciosos ya que, en puridad, no es una denuncia sino un oficio remisorio en el que se da cuenta exclusivamente del posible ilícito.