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El Gobierno pretende eliminar el arresto por faltas leves en los cuarteles

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antonio montilla | madrid
León

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Miguel no tiene que pensar mucho tiempo para recordar si le arrestaron alguna vez durante su paso por el Ejército. «Me castigaron un fin de semana sin salir del cuartel por no tener el arma en perfecto estado». Hubo una segunda vez. Por unas arruguillas en su cobertor, le dejaron una hora entera firmes en el patio del cuartel.

La disciplina castrense ha evolucionado algo desde 1973, año en el que Miguel hizo el servicio militar, pero el 90% de las infracciones que se comenten en la actualidad en los cuarteles, pese a ser leves, aún son sancionadas con privación de libertad. Todo eso empieza a cambiar. El Consejo de Ministro escuchó un informe sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Un texto que, según la ministra Carme Chacón, propiciará que los arrestos «desaparezcan de la vida cotidiana de los cuarteles», salvo en los casos de faltas graves o muy graves -”aunque las pena nunca podrán sobrepasar los 30 días-”.

Se emplearán solo para faltas graves o muy graves, mientras que los soldados que comentan las típicas infracciones leves -”llegar tarde a la formación o descuidar su aspecto personal-” serán suspendidos temporalmente de sus funciones, lo que implicará dejar de percibir parte de su salario.

Con esta nueva norma, que aún debe completar el recorrido gubernamental y parlamentario antes de entrar en vigor, Ignacio, que estuvo destinado en San Fernando en 1989, no hubiera perdido su permiso semanal por perder el paso durante un desfile militar. Aún sonríe cuando explica que le pasaban un Bic por el cogote y que si el pelo cubría el bolígrafo ya sabía que se enfrentaba a una corrección que con suerte podía llevar a pelar patatas o a limpiar ollas y sartenes en la cocina. Hasta lo que muchos catalogarían de chiquillada, como es colgar un póster de chicas desnudas en las letrinas, le costó a Gabriel cinco días en una celda en 1994.

Los objetivos de la futura ley con el nuevo «código de conducta» de las Fuerzas Armadas son asegurar el mantenimiento de las características esenciales de la institución, en especial la disciplina; proteger el ejercicio de derechos y libertades por todos sus miembros -”sin perjuicio de las limitaciones constitucionales y legales-”; considerar las garantías de defensa jurídica y garantizar la tutela judicial en todos los supuestos, incluidas las sanciones por faltas leves. Con las excepciones de las misiones en el extranjero y las guerras, todos los procedimientos respetarán el derecho a la presunción de inocencia y a no declarar contra uno mismo.