Diario de León

La equiparación de los derechos se hará de forma gradual en 20 años

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La integración de los 820.000 trabajadores agrarios, que cotizan en el Régimen Especial Agrario (Reass), es una «reivindicación histórica» del sector y de las organizaciones que les representan, según recoge la referencia del Consejo.

Detalla que la pensión media de jubilación en el Régimen General asciende a 1.130,33 euros al mes y en el agrario, a 580,87 euros al mes, mientras que la pensión media por incapacidad permanente es de 958,13 euros al mes en el Régimen General y de 500,27 euros en el agrario.

En cuanto a la cotización, la base media en el Régimen General es de 1.700 euros, mientras que la base media de cotización en el Reass es de 986 euros.

El anteproyecto sigue las directrices del acuerdo firmado el pasado 8 de marzo por el Gobierno, CCOO, UGT, CEOE y Cepyme, la Federación Agroalimentaria de CCOO, FTA-UGT, Asaja, Fepex y el Comité de Gestión de Cítricos, en cumplimiento de los acuerdos de 13 de julio de 2006 y de 2 de febrero de 2011 suscritos en el marco del diálogo social.

Se trata de «un paso adelante» en el mandato del Pacto de Toledo de integración de regímenes del sistema de Seguridad Social en dos grandes bloques, el de trabajadores por cuenta ajena dentro del Régimen General y el de trabajadores autónomos, dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta).

A partir de la entrada en vigor de la reforma, los trabajadores agrarios cotizarán por su salario real, lo que les equiparará al resto de los trabajadores.

El proyecto establece un periodo transitorio de casi veinte años (2013 a 2031) para llevar a cabo una equiparación «gradual y no lesiva» con las cotizaciones del Régimen General, que no perjudique la competitividad de las explotaciones agrarias. Además, el texto establece beneficios en las cotizaciones, con la posibilidad de actualizar cada tres años las reducciones en materia de cotización. Entre los principales aspectos del proyecto figura que los trabajadores estarán incluidos en este régimen en los períodos en que efectúen labores agrarias.

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