Diario de León

ELECCIONES 22M

La edad de jubilación se retrasa a los 70 años para las mesas electorales

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EFE

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La reforma de la ley electoral ha retrasado hasta los 70 años la edad máxima exigida para ser miembro de mesa electoral y ha impuesto que sus presidentes deban poseer el título de Bachiller o de Formación Profesional de Segundo Grado o, subsidiariamente, tener el Graduado Escolar o equivalente. Más de medio millón de ciudadanos han sido designados por los ayuntamientos como miembros de las mesas para los comicios municipales y autonómicos del próximo 22 de mayo, una labor que les obligará a estar en los colegios electorales a las ocho de la mañana del día de las elecciones y por la que percibirán 62,61 euros.

El Ministerio del Interior ha comenzado a enviar a los miembros de las mesas los manuales en los que figuran, de forma detallada, sus obligaciones en la jornada electoral y los derechos que les corresponden. La reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General del pasado mes de febrero establece que los miembros de las mesas son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la Mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años, si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días.

Así se explica en la citación que la Junta Electoral de Zona ha comenzado a enviar a los electores elegidos en el sorteo que se ha realizado en los ayuntamientos, en la que recalca que ser miembro de mesa electoral tiene carácter obligatorio. La circular añade que los miembros de las mesas tienen un plazo de siete días para presentar alegaciones en el caso de que no puedan cumplir esta obligación y recuerda que el incumplimiento de estas funciones o el abandono sin causa legítima está penado con tres meses a un año de prisión o multa de seis a 24 meses.

El manual recoge las instrucciones que se han de seguir el día de las elecciones por los miembros de las mesas -un presidente y dos vocales- así como los supuestos que pueden darse en la jornada electoral. Recuerda que los presidentes de las mesas tienen la autoridad exclusiva en el mantenimiento del orden público y pueden recabar la intervención de las Fuerzas de Seguridad si es necesario, y son responsables de ordenar interrumpir temporalmente o suspender definitivamente la votación. El presidente es además quien proclama, a las nueve de la mañana, el comienzo de la votación y su conclusión a las ocho de la tarde, hora en que cerrarán los colegios electorales.

Los elegidos para formar parte de las mesas tendrán así, el próximo 22 de mayo, una larga jornada ante sí que comenzará cuando a las ocho de la mañana empiecen a comprobar el material electoral y las condiciones del local, recibir las credenciales de los interventores y, a las ocho y media, firmen el acta de constitución de la mesa. A las ocho de la tarde y una vez cerrados los colegios, los miembros de la mesa podrán ejercer su derecho al voto, firmar la lista de votantes y dar comienzo al escrutinio de las papeletas depositadas en las urnas y, a continuación, del voto enviado por correo.

Cumplimentarán el acta de escrutinio y el acta de la sesión electoral que, acompañados por las Fuerzas de Seguridad, trasladarán hasta el Juzgado de Primera Instancia o de Paz en cuya circunscripción se encuentre la mesa.

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