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LA BATALLA POR LEÓN

Sin tirón electoral en la prisión

Sólo 53 de los 1.530 presos de Villahierro ya han votado por correo en esta convocatoria, un derecho que pueden ejercer desde que en 1996 se suprimieran las penas accesorias

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León

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A pesar de que en el centro penitenciario de Villahierro, en Mansilla de las Mulas, hay un total de 1.530 internos, solo 53 de ellos han ejercido su derecho a voto, según los datos a los que ha tenido acceso este periódico. Lo han hecho por correo, como les permite el Código Penal reformado en 1996 para abolir la privacidad de votar, entendida hasta entonces como una pena accesoria más. Es decir, un reo tiene pleno derecho a votar. Incluso aunque su sentencia le inabilite para ocupar un cargo público. Esa otra pena accesora, la inhabilitación, supone que, además de encarcelar al condenado, los jueces y los tribunales también privan al preso de ocupar cargos públicos y de aspirar a ellos (sufragio pasivo). Pero no para votar, por lo que una parte de los internos de Villahierro podrían hacerlo. Hay que tener en cuenta que la mayoría de los reos son extranjeros que no pueden votar por otras circunstancias que no son las meramente penales, caso de no tener la nacionalidad extranjera o no pertenecer a los países que han suscrito con España un convenio de reciprocidad electoral, que son muy pocos. En consecuencia, el arco de electores potenciales se reduce entre los cientos de recluidos en este centro penitenciario. Tanto que solo medio centenar de ellos, principalmente del País Vasco y del Bierzo, han votado ya.

El proceso se pone en marcha a iniciativa de la Dirección de la prisión. Solicita a Correos que un funcionario de este servicio se desplace en una fecha concreta al centro en cuestión. Esta persona acude a la prisión provista de los impresos de solicitud de inscripción en el censo que pudieran ser necesarios para que, allí mismo, sean cumplimentados por los internos que quieran ejercer su derecho a voto. Basta con presentar el Documento de Identidad Interior que tienen todos los internos. Después, la Oficina del Censo Electoral debe remitir al centro penitenciario, sobres y papeletas suficientes que le serán entregadas personalmente por el funcionario de Correos. El preso elegirá la papeleta correspondiente, la introducirá en el sobre, y éste, en otro que irá dirigido a la mesa electoral que corresponda. Es el funcionario de Correos el encargado de hacer llegar estos sobres a las correspondientes mesas electorales el día de la votación.