El Constitucional confirma la condena aRafael Vera
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de amparo presentado por el exsecretario de Estado de Seguridad Rafael Vera contra la sentencia por la que fue condenado en 2002 a siete años de prisión en relación con el uso irregular de fondos reservados.
La sentencia de la Sala Segunda del TC, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Pérez de los Cobos, señala que la interpretación de la legalidad en la causa contra Vera, realizada por distintos órganos jurisdiccionales, «es razonable y no arbitraria ni patentemente errónea», y que no se produjo indefensión como alegaba el acusado.
Así, el TC especifica que, en contra de lo sugerido por el procesado, además de las funciones de fiscalización atribuidas al Tribunal de Cuentas, éste tiene también relevantes funciones de enjuiciamiento contable que poseen un carácter jurisdiccional reconocido por dicho Tribunal.
La sentencia, fechada el pasado día 18, ha contado con el voto particular del magistrado Luis Ignacio Ortega, quien sostiene que el recurso de amparo de Vera debió ser estimado parcialmente respecto al hecho de que se haya atribuido a la jurisdicción ordinaria el conocimiento de un asunto que corresponde en exclusividad a una jurisdicción especial.
La sentencia del TC resalta que en todo momento se respetó la presunción de inocencia de Vera. El Constitucional recuerda que Vera también fue condenado, en concepto de responsabilidad civil, a restituir a la Administración 847.427,07 euros por el dinero que sustrajo para sí, y un total de 3.029.101,01 euros, en concepto de responsabilidad solidaria por el enriquecimiento de otros.