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León

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo confirmó ayer la multa de 300 euros con la que el Consejo General del Poder Judicial castigó al exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por la negligencia que cometió al tener que dejar libres por un error a dos narcotraficantes turcos, circunstancia que fue aprovechada por uno de ellos para darse a la fuga. El alto tribunal rechazó el recurso del instructor y confirmó que el magistrado apartado de la carrera judicial cometió una falta leve prevista en el artículo 419 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que castiga el «incumplimiento injustificado o inmotivado de los plazos legalmente establecidos para dictar una resolución». Fuera de plazo. Fue en enero del 2010 cuando el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por unanimidad, acordó sancionar al juez porque celebró fuera del plazo legal establecido la vista para prorrogar la prisión provisional de los dos supuestos narcos, Erdem Vardar y Sahin Eren, acusados de tráfico de heroína. Aquella negligencia del juez provocó que ambos fueran excarcelados el 16 de julio del 2008, ya que se había superado el plazo máximo de dos años de prisión preventiva. El Tribunal Supremo reconoció el control y seguimiento personal que Garzón hacía de las medidas privativas de la libertad en los casos que tramitaba su juzgado, pero consideró «innegable» que el juez no «observó» los plazos legales previstos. «Es evidente que el error en el que incurrió el recurrente era perfectamente vencible, ya que con una simple lectura y revisión de los autos de diligencias previas se hubiera detectado la fecha exacta del vencimiento del plazo», explica el fallo, que insiste que Garzón incurrió en una negligencia pues no prestó «la debida atención al análisis y examen de los autos».

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