Absueltos los guardias acusados de torturar a los etarras de la T-4
El Tribunal Supremo entiende que fueron condenados con «pruebas débiles».
La Sala de lo Penal Tribunal Supremo ha absuelto a los cuatro guardias civiles a los que la Audiencia Provincial de Guipúzcoa condenó por torturar a los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola cuando fueron arrestados en un control en enero del 2008 en Mondragón. Los detenidos fueron los autores del atentado de la T-4 el 30 de diciembre de hace cinco años.
El Supremo no solo anula las penas de entre cuatro años y medio y dos años que el tribunal de primera instancia impuso en diciembre pasado a un sargento y dos agentes por entender que fueron condenados con «pruebas débiles y poco rigurosas». También arremete con dureza contra los jueces del tribunal guipuzcoano a los que acusa de hacer una «interpretación gratuita contra el reo» (los guardias) por inclinarse a creer la versión de los miembros de ETA sin tener en cuenta sus «contradicciones», al tiempo que despreciaban las pruebas que los funcionarios presentaron en su defensa.
La sentencia, respaldada de forma unánime por los cinco magistrados de la Sala, está plagada de reproches a la Audiencia Provincial por llegar a una condena basándose en «conclusiones inseguras y abiertas», sin atender al principio de ‘in dubio pro reo’ y con extrapolaciones «valorativas» y «absolutamente inaceptables». El Supremo llega a afirmar que la Audiencia de Guipúzcoa se «inclinó por la versión de los denunciantes sin especiales valoraciones probatorias», sobre todo porque dio una «relevancia claramente improcedente» a las versiones de los testigos propuestos por los etarras a pesar de sus «flagrantes contradicciones».
Sin contrastar. Según el alto tribunal, el juzgado «no contrastó las pruebas de cargo» y, además, «no tuvo en cuenta elementos probatorios de descargo» de los guardias que tenían «indudable peso». La Sala de lo Penal, que entiende que no hay pruebas que «acrediten un exceso de violencia» y defiende que los agentes se limitaron a «cumplir con su deber», desmonta en siete puntos la sentencia:
Los testigos el punto en el que el Supremo se muestra más duro con los jueces de primera instancia, a los que reprocha haber creído a los testigos de la acusación «sin mayores exigencias». El tribunal insiste en que los tres testigos de cargo incurrieron en «flagrantes contradicciones» e «inexactitudes» lo que «apunta» a que eran parte de «una clara coartada falsa».
El Alto tribunal reprocha el «poco rigor» de la Audiencia para llegar a la conclusión de que la denuncia de torturas en realidad no era una ‘kantada’ (término que utiliza ETA para las órdenes a sus activistas capturados de que denuncien malos tratos siempre, como estrategia de desprestigio de las fuerzas de seguridad). La resolución recuerda que al tercer miembro del comando al que pertenecían Portu y Sarasola tenía en su poder el manual de la banda en el que se daban las instrucciones para las denuncias falsas y que el propio jefe de ETA en la época, Garikoitz Aspiazu Txeroki , cuando fue detenido se le incautó un documento en el que confirmaba la «falsa kantada» de los denunciantes, un papel que el Supremo cree que tiene «relevante valor exculpatorio».