Multas de 100 a 3.000 euros para los que no cumplan
De acuerdo a la ordenanza con la que deben contar los ayuntamientos para regular la venta ambulante, las multas fijadas para aquellos vendedores que incumplan la normativa oscilan entre los cien y los 3.000 euros, según se trate de infracciones leves, graves o muy graves. Las cuantías son orientativas, ya que cada ayuntamiento puede fijar las que estime oportunas.
En cuanto a la prescripción de las infracciones y sanciones, será de tres años para las muy graves; dos para las graves y seis meses para las leves. Corresponde también a los ayuntamientos la incoación y tramitación de los procedimientos sancionadores. Éstas tendrán carácter administrativo. Está contemplado, además, que los consistorios deban informar a las autoridades que corresponda, cuando el problema o el tipo de infracción así lo requiera.
Apercibimientos, multas y retirada de la autorización durante un plazo de un año son las consecuencias establecidas para aquellos vendedores que cometan infracciones.