Diario de León

La Audiencia se niega a acusar a los detenidos del 25S de ataques al Estado

El juez decide inhibirse a favor de la justicia ordinaria al no ver indicios de asalto.

Varios participantes en la manifestación ‘Rodea al Congreso’ el 25-S en Madrid.

Varios participantes en la manifestación ‘Rodea al Congreso’ el 25-S en Madrid.

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sáiz-pardo/balín | madrid
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La Audiencia Nacional, tras un notable guirigay jurídico con el Ministerio del Interior y después de casi 48 horas de desencuentros con la Policía, echó ayer por tierra la pretensión de Jorge Fernández Díaz de imputar a los detenidos por los disturbios del martes de delitos contra las altas instituciones del Estado, penados con hasta cinco años de cárcel.

El juez Santiago Pedraz decidió inhibirse a favor de la justicia ordinaria al no ver indicios de que los arrestados intentaran asaltar el Congreso, supuesto que sí hubiera sido competencia de su tribunal.

La juez de guardia de Madrid puso en libertad con cargos a 34 de los detenidos el pasado martes durante los incidentes acaecidos en las protestas del 25S en las proximidades del Congreso y dictó prisión provisional eludible mediante fianza de 1.000 euros para otro más.

El culebrón judicial que tenía previsto terminar ayer por la noche en los juzgados de instrucción de Madrid comenzó incluso antes de la manifestación, cuando desde la Delegación del Gobierno y desde Interior se habló de que la convocatoria a rodear el Congreso para demandar una asamblea constituyente era un ataque directo al Parlamento y recordaron los artículos del Código Penal que castigan esos atentados a la sede de la soberanía popular.

Ya el miércoles, horas después de los graves disturbios en la convocatoria ‘Rodear al Congreso’, el director general de la Policía no se anduvo con rodeos en su comparecencia en el Congreso. En el 25S, dijo, «se produjeron disturbios muy graves y se cometieron delitos contra las cámaras, competencia de la Audiencia Nacional». «Un intento de allanamiento del Congreso, por muy débil que sea, es una ataque al Estado de Derecho», insistió Ignacio Cosidó.

Atestado revelador

Pero el preocupante panorama que dibujó el director de la Policía no era el que relataban ni siquiera sus mandos de más confianza. En la providencia que Pedraz envió ayer a la Policía con la advertencia de que la Audiencia Nacional no era competente, el juez reveló que incluso el informe del comisario jefe de la Brigada Provincial de Información de Madrid no hacía mención a ataque alguno contra el Estado sino exclusivamente a «atentados, lesiones, resistencia y desobediencia y desórdenes públicos». O sea, las clásicas imputaciones a las personas arrestadas durante unas algaradas.

Antes incluso de ese informe, la tarde del miércoles, la Audiencia Nacional y la propia Fiscalía habían advertido al Ministerio del Interior que no veían por ningún lado «indicios» para mantener con «coherencia jurídica» una imputación genérica a todos los detenidos por delitos contra los Altos Órganos de la Nación y la forma de Gobierno, recogidos en los artículos 493, 494 y 495 del Código Penal y que prevén penas que van desde los seis meses a los cinco años de cárcel. Estos preceptos castigan a los que «invadan con fuerza violencia o intimidación» el Congreso; a «los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones ante» el Parlamento alterando su normal funcionamiento»; o a los que «portando armas u otros instrumentos peligrosos, intentaren penetrar» en una sede legislativa.

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