Las víctimas podrán recurrir la libertad de su agresor
Todas las víctimas, estén o no personadas en el proceso judicial, podrán recurrir decisiones de los tribunales que tengan «especial trascendencia» en la ejecución de la pena de su agresor, en particular la concesión de la condicional o el levantamiento del periodo de seguridad, si el victimario no ha pagado su responsabilidad civil o la excarcelación del delincuente supone un peligro para la víctima. Esta es una de las principales novedades que incluye el borrador del nuevo Estatuto de la Víctima que el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, llevó ayer al Consejo de Ministros para su estudio. Según explicaron fuentes del Ejecutivo, esta modificación servirá para que en casos polémicos como el de la excarcelación del etarra Josu Uribetxebarria Bolinaga las víctimas puedan, al menos, ser escuchadas por el juez de vigilancia penitenciaria. En el nuevo proyecto normativo, las víctimas, aun sin ser parte del proceso, también podrán recurrir resoluciones de archivo o sobreseimiento de la causa.