El TC anula la norma que multa a los comercios por no rotular en catalán
El Tribunal Constitucional ha declarado nulo un artículo catalán sobre consumo del que derivaban las sanciones a comerciantes por no rotular sus establecimientos al menos en la lengua autonómica. El fallo, que abre la puerta a la impugnación de las multas por este motivo —unas 200 al año—, se basa en un requerimiento de un juzgado de Barcelona ante el que se recurrieron dos sanciones impuestas en el 2007 a un local por no ofrecer información de sus servicios en catalán y por la inclusión de cláusulas abusivas.
.Por tanto, al anular el aspecto de la ley que establece la gravedad de las sanciones, las multas quedarían sin cobertura y serían nulas.