TRIBUNALES
El Supremo anula los permisos parciales por enfermedad para los jueces
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la "licencia parcial por enfermedad" para jueces que preveía el Reglamento de la Carrera Judicial aprobado por el Consejo General del Poder Judicial, en una sentencia que acepta parcialmente un recurso de la Administración del Estado.
El Reglamento aprobado por el CGPJ, el órgano de gobierno de los jueces, fue recurrido en multitud de sus apartados por el Estado pero solo ha sido anulado por el Supremo en este punto concreto referido a los permisos por enfermedad.
El apartado anulado preveía que "siempre que las necesidades del servicio lo permitan, se podrá conferir licencia parcial por enfermedad cuando las dolencias que padezca el juez o magistrado no le impidan desarrollar las funciones judiciales, pero sí el desempeño de las mismas al ritmo habitual".
"Esta licencia dará lugar, según elección del interesado", a la concesión de "la reducción de jornada en horas de audiencia pública" o, "si se hallara destinado en órgano colegiado, a la disminución de carga de trabajo", añadía el artículo.
El Supremo considera que el Estado tiene razón al oponerse a este apartado del Reglamento de la Carrera Judicial que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó en abril de 2011, ya que "la Ley Orgánica del Poder Judicial no contempla otra licencia por enfermedad que aquella que impide asistir al despacho".
Por esta razón no puede aceptarse, dice el Supremo, "la regulación que ofrece el precepto reglamentario impugnado que examinamos, con independencia, conforme ya adelantamos, de la opinión que pudiera merecernos la finalidad perseguida con la creación ex novo" de la licencia parcial de enfermedad".
La sentencia anula también "el régimen económico que para las licencias parciales por enfermedad" establecían otros artículos del Reglamento.