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La Audiencia de Burgos dejará en breve libre al violador del ascensor

Está a la espera del informe de la Fiscalía sobre la nueva liquidación de condena.

Traslado de Pedro Luis Gallego, en una imagen de archivo.

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m. r. | burgos
León

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La sección Penal de la Audiencia Provincial de Burgos decretará en los próximos días la libertad de Pedro Luis Gallego, conocido como el violador del ascensor, después de conocer el criterio adoptado por el Tribunal Supremo respecto al fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que derogaba la aplicación retroactiva de la doctrina Parot.

La Sala de lo Penal del Alto Tribunal aprobó, por doce votos contra cuatro, anular la aplicación de doctrina que este tribunal adoptó en 2006 al etarra Henry Parot y que consistía en aplicar los beneficios penitenciarios sobre el total de las condenas, no sobre el límite máximo de estancia en la cárcel que establecía el Código Penal de 1973, independientemente del número de años de cárcel al que estuviera condenado.

Según informaban ayer fuentes del Tribunal Superior de Justicia, la Audiencia tomará una decisión durante los próximos días -probablemente entre hoy y mañana- después de que tenga en su poder el informe de Fiscalía sobre la nueva liquidación de condena elaborada por la cárcel de Alcalá-Meco. Un licenciamiento que se fundamentaría en dos cuestiones, con la aplicación de la doctrina Parot y sin ella. Una diferencia que haría que su cumplimiento de condena se prolongara un poco más del 9 de diciembre de 2008, fecha en la que tenía que haber abandonado la prisión antes de que la Audiencia Provincial le aplicara la doctrina Parot, lo que hizo que su salida de la cárcel se hubiera demorado hasta el 22 de noviembre de 2022.

Criterio del Supremo

La Audiencia Provincial había decidido esperar al criterio que adoptara el Tribunal Supremo sobre la decisión de Estrasburgo para adoptar una postura que, aunque según el criterio del fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, se aplicará caso a caso, se ha ido generalizando hacia la excarcelación en tribunales como la Audiencia Nacional. Hay que recordar que la Fiscalía de Burgos remitió a la Audiencia hace una semana un informe en el que apoyó la aplicación del fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo en el caso de Pedro Luis Gallego al ser «sustancialmente igual» al de la etarra Inés del Río en la que se basó la resolución de la Gran Sala de Estrasburgo para tumbar la aplicación retroactiva de la doctrina Parot.

«Tenido en cuenta»

En su informe, la Fiscalía recordaba que el caso resuelto por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos «debe ser tenido en cuenta» por parte de la Audiencia Provincial «a la hora de valorar cualquier decisión que se tome en materia de ejecución de penas». A continuación, el Ministerio Fiscal se mostraba partidario de decretar la libertad de Gallego si la decisión se fundamentara en la última propuesta de licenciamiento realizada en 2008 por el centro penitenciario para «acomodarse a lo resuelto» por el Tribunal de Estrasburgo.

Pedro Luis Gallego fue detenido en noviembre de 1992 en una céntrica avenida de La Coruña cuando intentaba recoger un giro postal de 150.000 pesetas que le había remitido un familiar desde Valladolid. En la operación de captura, que duró varios meses, intervinieron brigadas policiales de Valladolid, La Coruña y Madrid.