El Gobierno regulará las subvenciones estatales para agrupaciones sanitarias ganaderas
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que modifica la normativa vigente sobre subvenciones estatales destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADGS), para actualizar sus bases reguladoras y adaptar su contenido a las nuevas normas comunitarias.
Estas ayudas tienen como objetivo compensar los costes de las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales, incluidas en programas sanitarios, según ha anunciado el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) en un comunicado.
Podrán aspirar a ellas las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera oficialmente reconocidas por las Comunidades Autónomas, que estén integradas por explotaciones también reconocidas por los órganos competentes de las CCAA e inscritas en el Registro nacional.
Una de las novedades de la nueva norma es la clarificación de la compatibilidad de las ayudas con los seguros agrarios.
Estas subvenciones deberán destinarse a financiar la ejecución, por parte de las Agrupaciones, de los programas sanitarios comunes relacionados con la lista de enfermedades animales y zoonosis de la Organización Mundial de Sanidad Animal y de las enumeradas por el Parlamento Europeo y el Consejo.
También cubrirán los controles sanitarios, las pruebas diagnósticas, los análisis de laboratorio, la compra y administración de vacunas, medicamentos veterinarios, biocidas y otros productos zoosanitarios, incluidos los gastos de la actuación profesional de los veterinarios de las Agrupaciones.
Otros conceptos posibles para su aplicación son el sacrificio de animales o la destrucción de colmenas, así como los gastos ocasionados por la destrucción de productos de origen animal y la limpieza y desinfección de la explotación.
En cuanto a la concurrencia de ayudas, una de las novedades de la nueva norma es la clarificación de la compatibilidad de las subvenciones con los seguros agrarios.
La gestión de estas ayudas correrá a cargo de los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, que se encargarán de realizar la convocatoria de las subvenciones, instruir el procedimiento, conceder las ayudas, notificar las correspondientes notificaciones y realizar los pagos.