Diario de León

TOROS

El Constitucional anula el veto a los toros en Cataluña

Anula el artículo 1 por invadir competencias del Estado. La decisión se ha tomado por ocho votos a tres

Manifestación ante la plaza de toros Monumental de Barcelona contra un posible regreso de las corridas, ayer.

Manifestación ante la plaza de toros Monumental de Barcelona contra un posible regreso de las corridas, ayer.

Publicado por
ÁNGELES VÁZQUEZ
León

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El pleno del Tribunal Constitucional (TC) por ocho votos a tres ha decidido anular el articulo 1 que prohíbe las corridas de toros porque invade la competencia del Estado en materia de cultura, según fuentes jurídicas. La sentencia se hará pública en los próximos días, una vez que estén listos los votos particulares que se han anunciado. 

El Constitucional, que comenzó en su reunión de este miércoles la deliberación del asunto, señala que Cataluña tiene competencias para regular los espectáculos públicos y para proteger a los animales. Dentro de esa competencia sobre los espectáculos públicos se podría incluir la prohibición de las corridas con el objetivo, como es el caso de proteger a los animales. 

Pero el alto tribunal considera que hay que tener en cuenta que la tauromaquia ha sido declarada por el Estado patrimonio cultural, razón por lo que la prohibición acordada por el Parlament invade competencias estatales en materia de cultura, en lo relativo a los artículos 149.1.28 y 149.2 de la Constitución. El Estado español dictó dos leyes, una en 2013 y otra en 2015, que nadie impugnó ante el Constitucional, con las que declaró los toros patrimonio cultural inmaterial, lo que supone que la prohibición catalana supone una invasión de sus competencias. 

El PP impugnó la norma que abolía la tradición taurina en Cataluña al entender que vulneraba cinco artículos de la Constitución. Se trata del artículo 20, que recoge la libertad de creación artística; el 27, sobre el derecho de educación; el 44 y el 46, en los que se insta a los poderes públicos a promover el acceso a la cultura y el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico, y el 149, que establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre las condiciones que regulan la igualdad de todos los españoles. 

Otro argumento del PP era que esta prohibición impedía el desarrollo en Cataluña de una actividad empresarial, por lo que entiende que se vulneran otros cuatro artículos de la Constitución: el 38, que reconoce la libertad de empresa; el 40, que obliga a los poderes públicos a impulsar el progreso social y económico; el 128, que establece que la riqueza del país está subordinada al interés general y de nuevo el 149. 

El adelanto de la ponencia de la magistrada Encarnación Roca en los medios llevó a la portavoz del Govern, Neus Munté, a pronunciarse antes de conocer oficialmente la resolución. Dijo poder “garantizar” que “inmediatamente” se pondrán “a trabajar para impedir que la sentencia tuviera ningún efecto práctico”. 

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