Diario de León

Barberá declarará por blanqueo de capitales

Conde-Pumpido interrogará en el Supremo a la senadora el 21 de noviembre.

La senadora y exalcaldesa de Valencia Rita Barberá. CATI CLADERA

La senadora y exalcaldesa de Valencia Rita Barberá. CATI CLADERA

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mateo balín | madrid

La senadora y exalcadesa de Valencia Rita Barberá entrará dentro de un mes exacto por la puerta del Tribunal Supremo para declarar como investigada por un delito de blanqueo de capitales. El magistrado de la Sala Segunda (de lo Penal) Cándido Conde-Pumpido, instructor de la causa, citó ayer a la aforada para interrogarla por los movimientos de dinero y la financiación del Grupo Municipal del Partido Popular cuando era regidora de la capital del Turia.

La decisión de Conde-Pumpido, exfiscal general durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, llega después de que la Sala de lo Penal abriera por unanimidad una causa a Barberá el pasado 13 de septiembre. Para ello contó con el criterio favorable de la Fiscalía del Supremo, después de que el juzgado de instrucción de Valencia que investiga la llamada operación Taula remitiera una exposición razonada al alto tribunal con los indicios penales recogidos contra la ahora senadora del Grupo Mixto (Barberá anunció el 14 de septiembre que se daba de baja como militante del PP pero que se mantenía como parlamentaria en la Cámara Alta).

Siguiendo la línea marcada por la sala, que vio indicios racionales de delito para encausar a la histórica dirigente del PP (fue alcaldesa de 1991 a 2015), Conde-Pumpido aceptó citarla a declarar en calidad de investigada (acompañada de su abogado José Antonio Choclán) para tomarle declaración voluntaria, tal y como pidió la afectada y recoge al artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esta norma permite al aforado ejercer su derecho de defensa y ser interrogado como investigado antes de que se pida el suplicatorio a la Cámara respectiva (autorización sin la cual los diputados o senadores no podrán ser inculpados ni procesados, según el artículo 71.2 de la Constitución). Ya ocurrió con los socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán en el caso de los ERE.

La sala ya destacó que los hechos descritos por el titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, Víctor Gómez, bastan para investigar a Barberá. Consideró que la exalcaldesa «fue una más de las personas que reconocieron haber efectuado la aportación de 1.000 euros» por el que están imputados todos los concejales (excepto Eusebio Monzó, actual portavoz), exediles, asesores y exasesores del Ayuntamiento de Valencia, en total medio centenar, que también realizaron el pago al grupo municipal en vísperas de las elecciones municipales de 2015.

Además, apuntó que Barberá era la superiora jerárquica como alcaldesa y existía una relación personal de «estrecha confianza» entre la aforada y la principal investigada, la exsecretaria del grupo municipal María del Carmen García-Fuster, que gestionaba las cuentas bancarias.

Asimismo, el magistrado del Supremo Conde-Pumpido impuso una fianza de 3.000 euros al PSOE para ejercer la acusación popular en la causa contra Barberá. En su auto, alertó además del «serio riesgo de judicialización de la política» que supone la práctica.

El PSOE había pedido al juez que no se le señalase el pago de fianza alguna para ejercer la acusación popular.

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