La Audiencia ordena tramitar la recusación del PP contra la jueza de los ordenadores de Bárcenas
La impugnación por el machismo del partido ha sido rechazada al haber concluido la instrucción El auto no entra en el fondo, pero anula el rechazo directo por la magistrada
Dos secciones de la Audiencia Provincial de Madrid se han pronunciado el mismo día sobre las dos recusaciones que el Partido Popular presentó contra la magistrada Rosa María Freire, instructora del caso del borrado de los ordenadores que el extesorero del partido Luis Bárcenas guardaba en la sede nacional de la formación. Y aparentemente las resoluciones son opuestas. En una se ordena a la titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid tramitar el incidente que ella había despachado directamente al considerarlo extemporáneo. En la otra, que sí entra en el fondo del asunto, determina que la jueza no debe ser apartada y que la instrucción de la causa ya ha concluido, lo que conducirá a juicio a los responsables del PP imputados.
Vamos por partes. El PP presentó una primera recusación contra la juez Rosa María Freire cuando ella dio por concluida la instrucción y propuso juzgar al partido por un delito de daños informáticos y a su gerente, Carmen Navarro, al responsable de sus servicios informáticos, Alberto Durán, y al director del Departamento de Sistemas, José Manuel Romero, a los que también imputa otro de encubrimiento.
La magistrada rechazó la recusación por considerarla extemporánea, al entender que el partido había esperado a ver cómo evolucionaban los acontecimientos para apartarla al ver que no le eran beneficiosos. Esa recusación es la que ahora la Sección Cuarta de la Audiencia madrileña ordena tramitar, sin entrar en el fondo del asunto, al considerar que la jueza no podía rechazarla 'ad limine', porque no se presentaba fuera de plazo.
MACHISMO
En el auto en el que Freire rechazaba esa recusación vertía frases como "me han convertido, según el partido recusante, en 'un eficaz instrumento de la acción política del PSOE' -desconozco si esto significa a ojos del recusante que soy extraordinariamente inteligente o que, por el contrario, soy un instrumento en manos de mentes privilegiadas, seguramente masculinas". Y el PP las aprovechó para volver a recusarla. El incidente ha sido rechazado hoy por la Sección Séptima de la Audiencia.
El machismo y la "cosificación" de la mujer denunciado por la instructora no son suficientes para la Sala para apartala, porque "la supuesta enemistad manifiesta de la instructora con el Partido Popular no se funda por la parte recusante en custión alguna ajena al proceso, sino exclusivamente es esas expresiones". Y recuerda que la frase que usó la jueza de "eficaz instrumento de la acción política del PSOE" fue una transcripción literal de la primera recusación que presentó contra ella el partido.
"La instructora responde a una alegación del PP en la que directamente se mantiene que es un instrumento de otra formación política (...) Que la magistrada añada el referido comentario de 'seguramente masculinas', con independencia de que el mismo sea más o menos afortunado, no supone que lo haga porque entienda que el PP sea machista, cuando por cierto dichas mentes privilegiadas serían del partido socialista", señala el auto dado a conocer este viernes.
La Sala destaca que la instrucción del caso de los ordenadores ya ha concluido "sin que con anterioridad, durante la larga instrucción, se haya advertido ningún motivo de la supuesta enemista" alegada por el Partido Popular.