Diario de León
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os populares siempre han mantenido dudas sobre la oportunidad de aplicar esta medida propia de un régimen presidencialista a uno parlamentario, donde al presidente no le eligen directamente los ciudadanos, sino sus representantes políticos. También, sobre el riesgo de estar vulnerando con esta medida el derecho al sufragio pasivo que contiene el artículo 68.5 de la Carta Magna, según el cual no se puede restringir el derecho a ser elegible como representante de la soberanía nacional a ningún ciudadano.

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