Diario de León

ELECCIONES 21-D

¿Cuándo se declara un voto nulo?

Introducir en el sobre de votación lazos amarillos como los lucidos para expresar solidaridad con los políticos catalanes presos implicaría una invalidación de dicho voto

Un voto nulo se considera como un voto emitido no válido, es decir, cuenta en la participación pero no para la distribución de escaños.

Un voto nulo se considera como un voto emitido no válido, es decir, cuenta en la participación pero no para la distribución de escaños.

Publicado por
GABRIEL UBIETO
León

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La Junta Electoral Central considera como voto nulo aquel "emitido en sobre o papeleta diferente del modelo oficial, así como el emitido en papeleta sin sobre o en sobre que contenga más de una papeleta de distinta candidatura". Según recoge la ley orgánica 5/1985 del régimen electoral general, si la papeleta dentro del sobre contiene tachones, mensajes de cualquier tipo -ya sean a favor o en contra de dicha candidatura- o cualquier modificación "de carácter voluntario o intencionado".

En los últimos días ha circulado por las redes sociales un bulo según el cual fuerzas políticas independentistas habrían pedido a los electores que introdujeran lazos amarillos en sus sobres de votación para mostrar su solidaridad con los políticos catalanes presos. Dicha acción, al igual que cualquier otra que modifique intencionadamente la papeleta, implicaría que esos votos fueran declarados nulos.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya sentenció en 2011 un pequeña excepción a la manipulación por parte del elector de las papeletas electorales. Sí se consideran válidos aquellos votos que contengan una cruz o un punto delante del nombre del candidato.

Si un voto es nulo o no lo determina en primera instancia el presidente de la mesa electoral, con la participación de los dos vocales de la mesa que lo asisten. Los partidos políticos en liza que tengan acreditados apoderados, así como cualquier ciudadano que quiera estar presente en el recuento que se realiza tras el cierre del colegio electoral, pueden ser testigos de dicho proceso y denunciar irregularidades ante la junta electoral si así lo estiman oportuno. No obstante, no pueden participar a la hora de decidir si un voto es considerado nulo o no. 

¿Qué efectos tiene el voto nulo?

Un voto declarado como nulo por los miembros de la mesa se considera como "voto emitido no válido". Es decir, cuenta dentro de la participación electoral final, pues el ciudadano ha decidido ejercer su derecho a voto, pero no cuentan para realizar el reparto de escaños. Por lo tanto, en este sentido no benefician ni perjudican a nadie.

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