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Alemania también pone en solfa el delito de malversación de Puigdemont

Pide más información al juez Llarena para decidir si acuerda la entrega del expresidente.

Imagen de una manifestación de los CDR en Barcelona. QUIQUE GARCÍA

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León

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mateo balín | berlín

Descartada la entrega por un delito de rebelión (penado en España con entre 15 y 25 años de prisión), el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein, el estado alemán donde fue detenido Carles Puigdemont el 25 de marzo, no va a poner facilidades para aceptar la extradición del expresidente de la Generalitat por el segundo delito por el que fue procesado, la malversación de caudales públicos.

La resolución de la audiencia territorial del land, en la que acordó la libertad bajo fianza de 75.000 euros del acusado, reclama, además, nuevos datos al juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del ‘procés’, sobre el presunto desfalco de dinero público en la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre. Los magistrados Martin Probst, Matthias Hohmann y Matthias Schiemann, los mismos que en contra del criterio de la Fiscalía Superior de Schleswig-Holstein entraron en el fondo de los hechos, valoraron los actos de violencia relatados por Llarena y los equipararon con las condiciones requeridas para el delito de alta traición en el Código Penal alemán, aseguraron que los indicios de malversación «no satisfacen» las exigencias legales por no contener una «descripción suficiente» de las circunstancias en las que se produjeron.

Por este motivo, dieron a las autoridades judiciales españolas la oportunidad de enviar información complementaria a fin de poderse pronunciar de forma definitiva en lo referente a este delito. Sin embargo, el tribunal alemán sí reconoce que Puigdemont fue «corresponsable», al menos políticamente, de la generación de los costes del referéndum por un valor aproximado de 1,6 millones de euros y que su Gobierno no estaba autorizado a gastarlos tras la prohibición del Tribunal Constitucional español. En todo caso, los magistrados apuntaron que las disposiciones legales aducidas por las autoridades españolas y la valoración jurídica realizada «no permiten reconocer si, de acuerdo con el Código Penal español, el mero hecho de contraer las obligaciones financieras asociadas al referéndum sin que se hayan realizado pagos efectivos constituiría un acto punible».

Una forma de decir que con lo que se ha enviado en la euroorden quizá no sea suficiente. Aducen también que, tras la destitución del Gobierno de Puigdemont, sería «imaginable» que «los costes generados ya no vayan a ser saldados o, por lo menos, no con cargo a fondos públicos sino por medios o donaciones privadas», tal y como afirmó el propio procesado ante el tribunal alemán.

No es un perseguido político

La resolución de la audiencia germana añade que no existen indicios de que entre los actos delictivos que el juez Llarena imputa a Puigdemont «haya algunos injustamente atribuidos a él con la intención de capturarlo por motivos políticos». Por lo tanto, rechaza que exista esta persecución política porque además de rebelión se le acusa de malversación de caudales públicos, un acto concreto que según la ley alemana sería también punible y no por las ideas políticas que aparentemente le indujeron a cometerlos «en el supuesto de que los haya cometido».